Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6577
ACEPTA - INSTITUCIÓN DE HEREDERO TESTAMENTARIO CON CARGO A FAVOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE - JORGE FERNÁNDEZ
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Acéptase la institución de heredero testamentario con cargo a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" efectuada por el señor Jorge Fernández, en el testamento otorgado mediante Escritura Pública N° 203, de fecha 26 de septiembre de 2006, ante la Escribana Claudia Elisa Busacca, titular del registro N° 1813 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo juicio sucesorio tramita bajo los autos caratulados "Fernández Jorge s/Sucesión Testamentaria", Expediente N° 2482/2014, ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 58, Secretaría Única de esta Ciudad. Art. 2°.- La institución de heredero dispuesta en el artículo 1° del presente a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", se efectúa con cargo de ser destinado a la atención de los niños que padecen Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA). Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 391 2022