Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 243

Decreto 243/2024 - Aprueba el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Estado no verificadoSanción: 11/06/2024Publicación B.O.: 12/06/2024Organismo: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fuente oficial: NormativaBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes Nros 5.920 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los

Decretos Nros. 695/09 y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N°

22150182-GCABA-SSEMERG/24, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 695/09 se aprobó el Plan Director de Emergencias de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho Plan Director consiste en la participación de todas las áreas eventualmente

involucradas ante el acaecimiento de una determinada situación de emergencia;

Que por Ley N° 5.920 se creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consistente en un conjunto de

acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y

los bienes, para proporcionar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de

emergencia;

Que el artículo 8° de la Ley N° 5.920 establece que todos los organismos competentes

en casos de emergencias, catástrofes y/o desastres deberán efectuar, en forma

conjunta con las empresas prestadoras de servicios públicos, prácticas de simulacros

a efectos de generar una respuesta automática, coordinada y efectiva ante las

posibles situaciones contempladas en la Ley;

Que por la Ley de Ministerios N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 20 al Ministerio

de Seguridad, entre cuyos objetivos se encuentran el de implementar un sistema

coordinado y único de emergencias, catástrofes y siniestros;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría de Seguridad del

Ministerio de Seguridad;

Que entre las responsabilidades primarias de la mencionada Subsecretaría, se

encuentran las de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generar un programa de mejora continua del

sistema coordinado y único de emergencias y planificar, diseñar e implementar

políticas, planes, procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia

y comunicarlos a la ciudadanía;

Que en virtud de ello, atento el tiempo transcurrido desde la aprobación del Plan

Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y teniendo en

cuenta la nueva estructura orgánica funcional, la Subsecretaría de Emergencias

propicia una actualización del mencionado Plan;

Que mediante su actualización, el Plan Director constituye el marco de referencia para

que todas las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires den

respuesta ante situaciones de amenazas a la comunidad; sean de origen natural o por

acciones gestadas por los seres humanos, en las cuales la seguridad, la vida de las

personas y el ambiente puedan quedar expuestos al peligro;

Que en tal sentido, el nuevo Plan Director contribuye a la participación de todos los

sectores involucrados como así también, si fuera necesaria la eventual intervención de

instituciones pertenecientes a otras jurisdicciones, incluyendo las del ámbito privado,

basándose sus aspectos centrales en la planificación de las acciones a realizar ante

cada una de las amenazas previstas;

Que, conforme lo expuesto, corresponde derogar el Decreto N° 695/09, aprobar un

nuevo Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

designando a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente de la Secretaría de

Seguridad del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la reemplace,

como autoridad de aplicación de la presente norma;

Que asimismo, resulta oportuno facultar a la citada Subsecretaría a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la

implementación del Plan Director de Emergencias;

Que conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el Decreto N° 695/09.

Artículo 2°.- Aprobar el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, cuyo Anexo (IF-2024-22191946-GCABA-SSEMERG), forma parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 3°.- Designar a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente de la

Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la

reemplace, como autoridad de aplicación del presente decreto.

Artículo 4°.- Facultar a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría

de Seguridad del Ministerio de Seguridad o el organismo que en el futuro la

reemplace, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que

resulten necesarias para la implementación del Plan Director de Emergencias que se

aprueba por el presente Decreto.

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Seguridad y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo. Para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Emergencias dependiente

de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese.

MACRI - Wolff - Grindetti

ANEXOS

ANEXO