Nación · Ley N° 10256

Ley 10256 - MODIFICACION DE LA LEY 346 DE CIUDADANIA Y NATURALIZACION

Estado no verificadoSanción: 18/09/1917Publicación B.O.: 27/02/1918Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley Nº 10256 Modificación de la Ley Nº 346 de ciudadanía. Buenos Aires, Septiembre 30 de 1917. Por cuanto: El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de LEY: Art. 1º - A continuación del artículo sexto, título tercero de la Ley número trescientos cuarenta y seis (346) de ciudadanía, se agregará: "Cuando el solicitante le pidiera al juez federal de sección, el título de ciudadanía podrá serle entregado previa comprobación de su identidad, por el juez de la localidad donde resida, y si en esa localidad no hubiera juez, por el de la localidad más inmediata. Las mismas autoridades, a pedido del interesado le recibirán el juramento en el acto de la entrega del título de ciudadanía". Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires a diez y ocho de Septiembre de mil. Pelagio B. Luna - Mariano Demaría - B. Ocampo - Carlos G.Donorino