Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12426
Ley 12426/2000 - AMPLÍA POR 270 DÍAS EL PLAZO ESTABLECIDO POR EL ARTí. 1° DE LA LEY 12168, PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIóN BICAMERAL CREADA POR EL ART. 13 DE LA LEY 12007 (COMISIÓN PROYECTO CAJA DE PROFESIONALES DE LA INGENIERÍA).-
Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/06/2000
Reformas y relaciones normativas
1
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
· Consultar publicación oficial
Ley 12426 LEY 12426 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Amplíase por doscientos setenta días (270), el plazo establecido por el Artículo 1° de la Ley 12168, para el funcionamiento de la Comisión Bicameral creada por el Artículo 13 de la Ley 12007. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires en la ciudad de La Plata , a los cuatro días del mes de mayo de dos mil.