Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12651
Ley 12651/2001 - INCORPORA PÁRRAFO AL ART. 10 DE LA LEY 10390 (COMISIÓN DE EMERGENCIA Y DESASTRE AGROPECUARIO)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 29/03/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 12651 LEY 12651 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1: Incorpórase al art. 10 de la Ley 10390, modificada por Ley 10466 como párrafo del enunciado, el siguiente texto: "Quedan expresamente comprendidas dentro de las actividades productivas contempladas, y se le otorgarán los mismos beneficios dispuestos por la presente, a los productores florihortícolas". Art. 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.