Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8856

Ley 8856/1977 - FIJA VALOR Y CANTIDAD DE MODULOS PARA CATEGORIAS, DE LAS REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROV.,DOCENTES, JEFE Y SUBJEFE DE POLICIA, Y ASIGNACIONES FAMILIARES. MODIFICA EL DEC-LEY 8721/77. (8721 DEROGADA POR LEY 10430)

Derogada verificadaPublicación B.O.: 16/04/1977
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

(8721 DEROGADA POR LEY 10430)

la ii LEY 8.856 | | La Plata, 26 de agosto de 1977. Visto lo actuado en el Expediente N° 2.305-177;71 y la auto:ización otorgada | mediante la instrucción No? 1/76, artículo 5? de la Junta Militar; en ejercicio i de las facultades legisiztivas conisiicias por la Junta Militar, el Gobernador | de la provincia de Buencs Aires, sanciona y promulga con fuerza de— LEY: ; Art. 19 Fijanse a partir del 1° de agosto de 1977, para el personal depen- | diente de la Administración General de la Provincia no comprendido en con- ' venciones colectivas de trabajo, las remuneraciones mensuales que, por Régimen : Estatutario y Categoria, se detallan en las Planilias Anexas 1 a 6 que forman , E

parte integrante de la presente ley. |

Art. 2° Fijase a partir del 1? de agosto de 1977, en los importes que a ] continuación se detallan, los valores del Módulo por escuparnta o a mus elude i el artículo 128 de la Ley 8.741: Personal Jerárquico y Profe:jona!: $ 225, Res- Ht tantes agrupamientos: $ 216. | Art. 3° Sustitúyese, a partir del 19 de agosto de 1977, el cuadro ds módulos : E aprobado. por el artícilo 143 de la Ley 8.721 y sus modificatorias esta liciéndose : la cantidad de Móduloz que, pata ceda categoría, agrupamiento y clase se Fl consignan en la planilla Anexa 2 “B” que forma parte integrante de la | presente ley. . ! Art. 42 Modifícase « partir del 19 de agosto de 1977, la cantidad de módulos | . fijada por el extículo 129 de la Ley 8.721 para los cargos de Director Provincial Jl y Director Genera!, asjenéndosele un mil cien (1.100) módulos. El valor de . : cada módulo será igual al fijado para el personal jerárquico y profesiona! HI por el artículo 2° de is. presente ley. ! Art. 5° Fijase, a pertir del 1° de agosto de 1977, en doscientos sesenta y Hy cuatro pesos ($264) el valor del indice uno (1) para el personal docente de i la Provincia, establexido por el artículo 2° de la Ley 8.853. El Art. 6° Fijase, a partir del 1° de agosto de 1977, la retribución mínima Ñ para el maestro de giado, sección o especial de enseñanza primaria común y ‘ categorías equivalentes en otras ramas de la enseñanza, establecida por el . artículo 2° de la Ley 7.978 y sus modificatorias, cn las sumas de treinta y nueve Hl mil ciento sesenta y cuatro pesos ($ 39.164) y a partir del 1° de octubre de Hl 1977 en la suma de cuarenta mil novecientos ochenta y seis pesos ($ 40.986) fe mensuales. | Art. 7° Increméntanse, a partir del 19 ce agosto de 1977, las remuneraciones if y adicionales vigentes al 31 de julio de 1977 del personal de la Dirección Pro- E vincial de Obras Sanitarias, en los porcentajes que por categorías, se indican ‘ a continuación: Categorias 1 a 2: 18 %. Categorias 3 a 13: 20 %. Categorías 14 ! . a 20: 22 %. ' 573 i A | y | Art, 8° Establécese que las remuneraciones del jefe y subjefe de Policía E EN quedarán determinadas en una suma superior en un diez con ochenta por ciento 3 at (10,80 %) y en un ocho con setenta por ciento (8,70 %) .respectivamente, de a la que corresponde al Comisario General de dicha Institución. 3 La remuneración del jefe del Servicio [Correccional será equivalente a la E del subjefe de Policía, y la del subjefe del Servicio Correccional se correspon- : derá con un noventa y siete por ciento (97 %) de la asignada a dicho funcionario. Art. 9° Fijanse, a partir del 19 de julio de 1977, los nuevos valores del E régimen de Asignaciones Familiares, que figuran en la Planilla Anexa 7 que h forma parte integrante de la presente ley. : 3 Art. 10. Modifícase el inciso a) del artículo 2? de la Ley 8.721, el que quedará 3 redactado de la siguiente manera: q a) Ministros secretarios de Estado; Asesor General de Gobierno; Secre- E tarios de la Gobernación; Fiscal de Estado Adjunto; Subsecretarios; a Asesor Ejecutivo de la Asesoría General de Gobierno; Escribano Ge- EY neral de Gobierno; Escribano Adscripto Superior y Jefes y Subjefes gs de Policía y del Servicio Correccional. E] Art. 11. Incorpórase, como último párrafo del artículo 120 de la Ley 8.721, 3 i el siguiente: A | En los organismos que no posean nivel orgánico de subdirección, pro- a ducida una vacante en la Clase I del Agrupamiento Personal Jerárquico, = si la cobertura no puede realizarse con agentes que revisten en Clase II 3 pertenecientes a otros planteles básicos, se admitirá el pase por ascenso E de los agentes que pertenezcan a la Clase III del mismo Agrupamiento, 3 : siempre que se cumplan el resto de las condiciones establecidas en el pre- 3 | sente artículo. E ‘a Art. 12. Fijase a partir del 1° de agosto de 1977, en ciento ocho pesos ($ 108) q 7 el módulo básico para la Carrera Profesional Hospitalaria establecido por el E a artículo 2° de la Ley 8.812. E A Art. 13. Establécese, por esta única vez, que no serán de aplicación las 4 i | determinaciones del artículo 17 inciso b) de la Ley 8.587 a excepción del personal 4 uy dei Poder Judicial y del Servicio Correccional. El importe resultante que en Al virtud de dicha norma legal correspondería retener al personal e ingresar 3 : por tal concepto al Instituto de Previsión Social, será atendido con créditos del 7 i Presupuesto vigente para el Ejercicio 1977 facultandose a tal efecto al Poder : ii Ejecutivo a realizar las adecuaciones y reestructuraciones presupuestarias que A | fuere menester sin otra limitación que el mantenimiento del Balance Financlero y ñ Preventivo. q | Art. 14. Establécese que las remuneraciones y adicionales del personal tran- 3 {| sitorio y contratado, vigentes a! 31 de julio de 1977, serán incrementadas, a a i partir del 19 de agosto de 1977, en igual porcentaje al que, la presente ley E || acuerda, para los cargos de igual o similar nivel remunerativo. 3 i Asimismo facúltase al Ministro de Economía para adecuar las remunera- E ciones y adicionales del personal no comprendido en su articulado de confor- E ‘| midad con las disposiciones de la misma. a E Art. 15. Autorízase a las direcciones de Administración Contable u organis- a i mos que hagan sus veces a efectivizar las remuneraciones y adicionales fijadas Bi : por la presente, utilizando las respectivas partidas presupuestarias hasta tanto A i. se incrementen los créditos de las mismas. SS ii Art. 16 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín 4 A Oficial” y archívese. 4 i SAINT JEAN. q Él R. P. SALABERREN. E le 4 1 Registrada bajo el número ocho mil ochocientos cincuenta y sels (8.856). E i E : E. Frola, | ! : | 574 | i PLANILLA ANEXA 1 i REMUNERACIONES PERSONAL JERARQUIZADO ‘SUPERIOR M eee i | Gastos de CATEGORIA FUNCIONAL | Sueldo Represen- TOTAL . ADMINISTRACION CENTRAL Gobernador 2.2... eee cor nor rr o 207,400 207.400 414.800 : A 186.700 186.700 373.400 Fiscal de Estado ......... 0... cece cee eee ee esse ee 186,700 186.700 373.400 Asesor General de Gobierno ................... 186.700 186.700 373.400 Secretario General de la Gobernación ........... 176.300 176.300 352.600 Secretario de Inteligencia ..................... 176.300 176.300 352.600 Secretario de Prensa y Difusión ............... 176.300 176.300 352.600 Secretario de Asuntos Municipales .............. 176.300 176.300 352.600 Secretario de Planeamiento y Desarrollo ...... 176.300 176.300 352.600 Fiscal de Estado Adjunto ..................2+-. 176.300 176.300 352.600 Presidente del Tribunal de Cuentas ............ . 176.300 176.300 352.600 Contador General de la Provincia .............. 176.300 176.300 352.600 Tesorero General de la Provincia .............. 176.300 176.300 352.600 Subsecretario (Gobernación, Ministerios y Fiscalía + de Estado) ............0 0.0.2 ee sees eee eee) 171,100 171.100 342.200 Asesor Ejecutivo de la Asesoria Gral. de Gobierno 171.100 171.100 342.200 Escribano Genera! de Gobierno ................ 171.100 171.100 342.200 Vocal del Tribunal de Cuentas ................ 162,500 162.500 325.000 Subcontador General de la Provincia ........... 162.500 162.500 325.000 Subtesorero General de la Provincia ............ 162.500 162.500 325.000 Escribano Adscripto Superior .................. 162.500 162.500 325.000 Delegado del señor Gobernador ................ 123.500 123.500 247.000 Jefe de Coordinación y Enlace - Gobernación .... 123,500 123.500 247.000 Secretario de Faltas de Policía ................ 72.600 72.600 145.200 Miembro de la Junta Electoral ................. = 14.200 14.200 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Presidente del Banco de la Provincia .......... 186.700 188.700 373.400 Vicepresidente del Banco de la Provincia ...... 176.300 176.300 352.600 Director Secretario de! Banco de la Provincia .... 176.300 176.300 352.600 Administrador General de la Direcc. dela Energía 171.100 171.100 342.200 Administrador General de la Dirección Provincial a de Vialidad .....ooooccccccccccccccocro rro 171.100 171.100 342.200 Presidente de la Comisión de Investigaciones Cientificas —.....ocoooocccccccnrccccanrno ro 171,100. 171.100 342.200 Administrador General de la Corporación de Fo- : mento del Valle Bonzerense del Rio Colorado 171.100 171.100 342.200 Director del Banco de la Provincia ............. 152.300 152.300 304.600 Subadministrador General de la Dirección de A eee ees 145.200 145.200 290.400 : Subadministrador General de la Dirección Provin- cial de Vialidad ..... 1... cece cece eee eee 145.200 145.200 290.400 es Presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial 137.500 137.500 275.000 Presidente del Instituto de Seguridad Social .... 137.500 137.500 275.000 : Presidente del Instituto de Previsión Social .... 137.500 137.500 275.000 Presidente de la Dirección Provincial de Hipó- ÁTOMOS eee elec cece eee ee o 187.500 137.500 275.000 Gerente de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Rio Colorado ............. 137.500 137.500 275.000 Presidente del Servicio Provincial de Agua Pota- ble y Saneamiento Rural ................. 137.500 137.500 275.000 575 | Gastos de | 4 CATEGORIA FUNCIONAL Sueldo Represen- | TOTAL 3 tación k Presidente del Instituto de la Vivienda ........ 137.500 137.500 275.000 k Vicepresidente de la Direcc, Prov. de Hipódromos 103.700 193.700 207.400 io Director de la Comisión de Investigaciones Cien- 3 tificas eee rr rn nic rr 103.700 103.700 207.400 A Vocal del instituto de Obra Médico Asistencial .. 92.409 92.400 184.800 3 Director Gubernamental del Instituto de Previ- : 4 sión Social .... 2.0... eee ce eee ee ees 92,400 92.400 184.800 a Subdirector del Instituto de la Vivienda ....... 92.400 92.400 184.800 # Vocal de la Dirección Provincial de Hipódromos 92.400 92.400 184.800 E Director del Instituto de Seguridad Social ..... 92.400 92.400 184.800 dl Director Ejecutivo del Servicio Provincial de Agua 3 Potable y Saneamiento Rural .............. 92.400 92.400 184.800 A Vozal Director del Mercado General de Haciendas El de Avellaneda 00... 0... 0. cece cece rr rro = 124.400 124,400 el Miembro Honorario del Grupo Asesor de la Comi- E sión de Investigaciones Científicas .......... = 13.600 13.600 NOTA: Los importes consignados en la presente planilla representan el total de la a retribución de los funcionarios que figuran en la misma, con la sola ex- je cepción de la Junta Electoral y Dirección Provincial de Hipódromos, E debiéndose adicionar el salario familiar que a cada uno corresponda E según las disposiciones vigentes en la materia. 3 E La presente limitación no incluye los reintegros de gastos incurridos por bel los funcionarios con motivo de traslados fuera del lugar habitual de de- a sempeño de sus funciones en cumplimiento de actos de servicio. a PLANILLA ANEXA 2 “A” e REMUNERACIONES PERSONAL DE LA LEY 8.721 4 A — Personal sin Estabilidad a REMUNERACION MENSUAL BASICA E — O _ Q— —=——07% 4 Remune- DE JERARQUIA FUNCIONAL SUELDO | Beprese de | TOTAL Mensual ; tacion ‘fs Relator Jefe - Fiscalía de Estado .... 169.800 109.800 219.600 247.000 4 Relator Jefe - Tribunal de Cuentas .. 109.800 109.800 219.609 247.000 i Contador Mayor - Contaduria General ES de la Provincia .................. 109.800 109.800 219.600 247.000 a Relator Jefe - Gobernación .......... 109.800 109.800 219.600 247.000 q Secretario General - Tribunal de Cuen- ES TAS eee cece tence rr roo 109,800 109.800 219.600 247.000 E Secretario General - Tesorería General e de la Provincia ................- 109.800 109.800 219.600 247.000 4 Secretario Letrado de la Asesoria Gene- & ral de Gobierno ...............-. 109.800 109.800 219.600 247.000 4 Relator Jefe de la Asesoria General de de Gobierno ...........-...2..-..- 109.800 109.800 219.600 247.000 a Secretario de la Junta Electoral ...... 109.800 109.800 219.600 247.000 E Ñ Delegado Fiscal - Fiscalía de Estado 97.700 97.700 195.400 219.600 . Secretario General de la Escribanía Ge- 4 ne:al de Gobierno ............... 97.700 97.700 195.400 219.600 : Secretario Administrativo de la Comi- a sión de Investigaciones Científicas 97.700 97.700 195.400 219.600 Secretario del Consejo de Expropiacio- E nes - Fiscalía de Estado Ley 7.177 64.600 64.600 129,200 145.200 4 576 a ] a E! mu Planilla Anexa 2 “B” a REMUNERACIONES PERSONAL DE LA LEY 8.721 . : ] B - Personal con estabilidad CATEGORIA [ooo | smancoizano | PROFESIONAL | TECNICO | ADMINISTRATIVO | OBRERO | SERVICIO | FPRARQUIZADO | AGHUPA: ~ 19 835 Clase I ; 187,875 . 13 700 Clase II 157.500 17 625 Clase I . 140.625 "16 520 Clase IIL 117.000 15 480 Clase 11 108.000 : 14 440 Clase I 95.040 13 410 . Clase 1 88.560 12 390 Clase I 84.240 11 370 " Clase IV . 83.250 10 330 Clase II Clase 11 Clase 11 Clase 1 74.250 71.280 9 290 Clase II - 62.640 8 270 Clase IV Clase IO 60.750 58.320 7 246 Clase IT 51.840 6 220 : Clase 11 Clase IV 47.520 5 210 ‘Clase III Clase IIL 45.360 4 170 Clase IV Clase IV Clase V Clase IV 36.720 3 150 Clase VI Clase V 32.400 2 135 Clase VII Clase VI 29.160 1 108 Ingresante Ingresante 23.328 Planilla Anexa 2 “B” REMUNERACIONES PERSONAL DE LA LEY 8.721 B - Personal con estabilidad CATEGORIA [xowwo| JERARQUIZADO | PROFESIONAL | TEONICO | ADMINISTRATIVO | OBRERO | SERVICIO . 19 835 Clase 1 18 700 Clase II . 17 625 Clase I 16 520 Clase IIT Ñ 15 480 Clase II 14 440 Clase I 13 410 Clase I 12 390 Clase 1 11 370 Clase IV 10 330 Clase IIL Clase IT Clase IT Clase I 9 290 Clase II 8 270 Clase IV Clase III 7 240 Clase IL E a © A ase | 5 20 © GlaseHr SN —@ a © GlaseIV Claseiv | ClaseV | ClaselV OB OBO SE VE”: Oe BB Gage VA Olas VES A Imgresante Ingresante 3 Planilla Anexa 3 * ' REMUNERACIONES PERSONAL DE SEGURIDAD 1 - Policía de la Provincia SUPLEMENTOS . : Sueldo CATEGORIA Bonitic. | Riesgo TOTAL básico Complem. | Profes. | Especial ESCALAFON SEGURIDAD Oficiales Comisario General ......... 40.958 291.377 9.800 1.520 343.655 Comisario Mayor ........... 36.837 266.896 9.800 1.520 315.053 Comisario Inspector ........ 34.314 241.714 9,800 1.520 287.348 Comisario ...ocococcocccoco co 31.438 215.755 9.800 1520 258.513 Subcomisario ............... 27.372 177.449 9.800 1.520 216.141 Oficial Principal ........... 23.693 144,677 9.800 1.520 179.690 . Oficial Inspector ........... 20.479 114.166 9.800 1.520 145.965 Oficial Subinspector ........ 17.202 86.579 9.800 1.520 115.101 Oficial Ayudante ........... 15.355 65.711 9.800 1.520 92.386 Suboficiales y Tropa Subof.cial Mayor ........... 20.473 146.460 9.800 1.520 178.259 Suboficial Principal ........ 18.431 113.520 9.800 1.520 143.271 Sargento Ayudante ......... 16.793 94,837 9.800 1.520 122.950 Sargento 12 ................ 16.179 82.347 9.800 1.520 109.846 Sargento ...ooococorcoc moco 14.921 67.052 9.800 1,732 93.505 Cabo 1? ........ cee eee ee 14.020 59.993 9.800 1.748 85.561 Cabo 2.0... eee eee eee 12.533 51.195 9.800 1.761 15.289 Agente ........ 0.0... .22 eee 11.952 46,943 9.800 1.777 70.472 Cadete ............. cece eee 2.335 23.640 = = 25.975 ESCALAFON AUXILIARES . De Seguridad ~ . . : Oficial Superior ............ 40.958 291.377 = = 332.335 Oficial Mayor 1° ........... 36.837 266.896 = = 303.733 Oficial Mayor 22 ........... 34,314 — 241714 — — 276.028 Oficial 19 2.0... ee, 31.438 = 215.755 = = 247.193 Oficial 22 1.0... eee eee 27.372 177.449 = =- 204.821 Oficial 32 22.2... eee 23.693, 144.677 — = 168.370 Oficial 42 2.0... eee eee 20.479 114,166 = = 134.645 Oficial 52 ......oomooocooo.. 17.202 86.579 — = 103.781 Oficial 6% 22... eee 15.355 65.711 = = 81.066 Ayudante Mayor ........... 20.479 146.460 =- = 166.939 Ayudante Principal ........ 18,431 113.520 — = 131.951 Ayudante 12 ............... 16.793 94.837 _ —= 111.63) Ayudante 22 .....0.ooooco... 16.179 82,347 = — 98.523 Ayudante 32 ........o.omoo.. 14.921 67.052 = = 81.973 Ayudante 4% .....coocoocmoo.. 14.020 59.993 — = 74.013 Ayudante 5% ......occomo... 12.533 51.195 = _ 63.728 Ayudante 6% ............006 11.952 46.943 = = 58.895 379 Planilla Anexa 3 : q = E 4 REMUNERACIONES PERSONAL DE SEGURIDAD 4 : 2 - Servicio Correccional de la Provincia 3 SUPLEMENTOS j q CATEGORIA sudo lame | Ri TOTAL 4 jonific. lesgo 4 básico Complem. | Profes. | Especial 1 ESCALAFON SEGURIDAD : Oficiales ; “A, a op Inspector General .......... 40.958 291,877 9800 1.520 343.655 ] Inspector Mayor ........... 36.837 266.896 9.800 1.520 315.053 E: Prefecto Mayor ............. 34.314 241.714 9.800 1.520 287.348 a PrefectO ............-00-05. 31,488 215,755 9800 1520 258.513 a Subprefecto ................ 27.872 177.449 9800 1520 216.141 E: Alcaide Mayor ............. 23.693 144.677 9.800 1.520 179.690 a Alcaide ..................... 20,479 114166 9.800 1520 145.965 a Subalcalde ................. 17.202 86.579 9800 1520 115.101 3 Adjutor ..cocccocccococo ro 15,355 65.711 9.800 1.520 92.386 4a Suboficiales y Tropa E : Suboficial Mayor ........... 20479 146.460 9.800 1.520 178,259 a Suboficial Principal ........ 18,431 113,520 9.800 1520 143.271 3 Sargento Ayudante ........ 16.793 94.837 9.800 1.520 122.950 4 i Sargento 19 ..........00006. 16,179 82.347 9.800 1.520 109,846 a Sargento ...ooocooooocoo o... 14,921 67.052 9.800 1.732 93.505 a Cabo 19... ceceeeeeeee ees 14,020 59.993 9.800 1.748 85.561 | CADO oo. eee cece cece eeeeeeee 12,588 51.195 9.800 1.761 75,289 a Guardia .............2.0.00. 11.952 46.943 9800 1.777 70.472 A . a ESOALAFON SERVICIOS a . 4 Especiales ? a Inspector General ......... 40.958 291.377 = — 332.335 E Inspector Mayor ........... 36,837 266.896 — — 303.733 a Prefecto Mayor ............ 34314 241.714 — — 276.028 En Prefecto ................... 31488 215,755 - — + 247.193 4 Subprefecto ................ 27.372 177.449 _ SS "204,821 E Alcaide Mayor ............. 23693 144,677 =- — 168.370 8 Alcaide ....oooocococooooo oo. 20,479 114.166 — — 19645 El Subalcaide ................. 17.202 86,579 — . — 3.781 A Adjutor ococcncccncorncnoo] 15.356 65,711 - —- 81.066 a Suboficial Mayor ........... 20.479 146,460 = = 166,939 e Suboficial Principal ........ 18431 113.520 - — 131.951 E Sargento Ayudante ......... 16.793 94.837 —- = 111.630 4 Sargento 19 ...........-.25. 16.179 82.347 = —- 98.526 E Sargento ...oococoocorooro o. 14921 67.052 —- _ 81.973 * a O E) 59.993 = — 74.013 a Cabo ..... cece cece cece eee ees 12,533 51.195 _ - 63.728 a Guardia .........0002.000e. 11,952 46.943 — = 58.895 a a 580 E : Planilla Anexa 4 REMUNERACIONES PERSONAL DEL PODER JUDICIAL a Remuneración : Nivel | Categoría | mensual ; 22 Juez de la Suprema Corte de Justicia; Procurador General 395.300 : 21 Presidente Juez de Cámara de Apelación; Juez de Cámara : de Apelación; Fizcal de Cámara; Secretario de la Suprema Corte de Justicia; Secretario de la Procuración General .. 335.500 20 Juez de 1? Instancia en lo Civil y Comercial; Juez de 1% Instancia en lo Penal; Juez del Tribunal del Trabajo; Juez de Menores; Juez Notarial; Juez del Tribunal Co- legiado de Instancia Unica en lo Civil y Comercial; Juez de 1* Instancia en lo Comercial de Registro Público de Comercio; Secretario Relator Letrado de la Suprema Cor- 7 te de Justicia; Abogado Principal de la Procuración Ge- neral; Subsecretario Letrado de la Suprema Corte de Justicia; Prosecretario Letrado Suprema Corte de Justi- cia; Director General de Administración ............... 292.800 19 Agente Fiscal; Asesor de Incapaces; Defensor de Pobres y Ausentes; Agente Fiscal en lo Civil y Comercial; Agente . Fiscal en lo Penal; Director General de Archivo; Perito Médico (Jefe de Sección Médico Forense); Perito Médico ' (Jefe de Sección Médico Anatomopatológico) y Perito Químico (Jefe de Sección Químico Toxicológica) ........ 244.000 18 Secretario de Cámara de Apelación; Inspector de la Su- : prema Corte de Justicia (Abogado); Subdirector de Admi- MistraciOn A 219.600 17 Secretario de Juzgado de 1% Instancia en lo Civil y Co- mercial; Secretario de Juzgado de 1? Instancia en lo Pe- nal; Secretario Notarial; Secretario del Tribunal de Me- nores; Secretario del Registro Público de Comercio; Se- cretario del Tribunal del Trabajo; Inspector (Escribano); Director de la Receptoría General de Expedientes; Se- . cretario Adscripto; Secretario de Exhortos; Jefe de Ar- chivo Departamental; Perito 1; Jefe de Despacho; Direc- tor de la Biblioteca Central; Jefe de Auditoría y Presu- puesto (Contador Público); Jefe de Contaduría (Contador Público); Jefe de la Oficina Técnica de Obras (Arquitec- to, Ingeniero Civil o Ingeniero en Construcciones); Jefe de Contrataciones; Tesorero de la Dirección de Administra- ~ 16 Subdirector de la Receptoría General de Expedientes; Di- rector de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones; A 169.600 15 Subdirector de la Oficina de Mandamientos y Notificacio- nes; Jefe de la Oficina de Mandamientos y Notificacio- nes; Oficial Mayor; Subjefe de Despacho (Psicólogo); Subjefe de Despacho; Ujier; Subjefe de Contaduría (Con- tador Público) Subjefe de Despacho (Delegado de la Di- rección de Administración); Perito IIT ................. 148.400 14 Relator de Secretaría (Oficial 19); Subjefe de Auditoria . y Presupuesto (Contador Público); Oficial 19 (Visitador) ; Oficial 1° (Asistente Social); Oficial de Justicia; Ofi- cial 12 (Médico Visitador); Perito IV ................... 184.400 15 Subjefe de Contrataciones; Perito V ....................-- 116.000 12 Oficial 29; Perito VI ......o.oomooomocmmmccncrr narrar... 102.800 581 i] | | 4 : Ez 1 Nivel | Categoría | Remuneracion q nd 11 Official BO oe ee cece ceeeeee setter tees teteerereeeeeees 93,600 LE 10 Oficial 40 Lecce ee ee eee rr rr rr rr 84.700 3 i 9 Oficial BO ee eee cece cette tense eneeeeeerees 18.400 a. : 8 Aukxillar ee cS 72.800 4 7 Auxiliar 29 o oocccoroccncccnco cn nnn canon rana narco nana 70.000 4 6 IIA 59.900 E E 5 Auxiliar 49 ec cee ee ete eter eee eee nnes 54.800 : 4 Auxiliar 59 ooo cece cece eee ee rca crac cn rra nr 52.200 a 3 Auxiliar 6% cece cece cee eeee ete tect rr 9,700 i 2 Ayudante 19 oo... nn eee narran rra rre rar 44,200 a 1 Ayudante 2? oo... icc cece cee rr 41.600 : Planilla Anexa 5 E REMUNERACIONES PERSONAL ARTISTICO Y DE E ACTIVIDADES CONEXAS a 1 - Teatro Argentino, Teatro de la Comedia, Teatro Auditorium, Teatro a Ruperto Godoy, Baliet del Sur, Orquesta Estable de Bahia Blanca al A - PERSONAL SIN ESTABILIDAD a : CATEGORIA | Remuneración E . aa mensual EM : Director General del Teatro Argentino ..................-5 219.600 a : Director de Montaje Técnico del Teatro Argentino ......... 168.360 E: E 3 Director Artístico del Teatro Argentino ...............0.0 0+ 168.360 E E : Director del Teatro de la Comedia ........-..... 0... omo». 155.480. E E Director de Orquesta del Teatro Argentino ................ 143.910 E Ml Director del Cuerpo de Baile del Teatro Argentino .......... 143.910 E E Director del Coro del Teatro Argentino ..................-. 143.910 a Director de la Orquesta Estable de Bahia Blanca .......... .143.910 a ‘ Director del Teatro Ruperto Godoy ..................005--. 143.910 ER Director del Teatro Auditorium .....oocooooccorccccrncncoro 143.910 a Director del Ballet del Sur .............0-ceeeeeeeeeeeee ees = 143.910 a Subdirector de la Orquesta Estable de Bahia Blanca ....... 140.840 3 Director del Cuerpo de Baile del Ballet del Sur ............ 128.830 A Subdirector del Teatro Auditorium ..................0.22.. 128,839 a Subdirector del Teatro Ruperto Godoy .........-....0-e eee 128.830 Eh Asistente del Director del Cuerpo de Baile del Ballet del Sur 95.750 Ee Maestro del Cuerpo de Baile del Ballet del Sur ............ 95.750 E : B - PERSONAL CON ESTABILIDAD 4 Teatro "Teatro Restantes EM : CATEGORIA Argentino | de la Comedia | Organismos a : Subdirector del Teatro de E y la Comedia ......o..oo.o... = 143.910 — E . Categoria 20 ............. 55.190 52.850 50.339 a 19 wo... eee 54,469 51.830 49.480 E Bo 51.970 49.630 47.870 4 y AP 49.480 48.020 45.530 3 16 cr. 47.870 46.410 43.920 a Dei... ... 46.250 44.510 42.319 E Vr £3.920 42.190 40.030 4 582 E. i eee Ml Teatro Teatro Restantes } CATEGORIA | Argentino | de la Comedia | organismos : ee EE Ñ Bcc 42.340 40.610 39.170 : lo 41.620 40.030 38.300 Moi 40.750 39.020 37.580 , DO coco 39.360 37.810 36.110 Doro 37.670 36.250 34.550 Brico 34.550 33.130 32.280 Tocina 33.840 32.140 31.440 Bor 32.990 31.580 30.730 Bec c eee eee 32.280 30.730 29.880 A 31.440 29.740 29.170 Boe 30.730 29.170 28.600 cece cena 29.170 28.460 27.190 5 27.900 27.190 25.910 : Planilla Anexa 6 L S 11 RADIO PROVINCIA DE BUENOS AIRES REMUNERACIONES MENSUALES CATEGORIA | Importe Director 2.0.0... ccc cece cece eee ee tere nen e ten ee ee 187.900 Subdirector A 157.500 Jefe de Departamento: Producción y Programación ........... 0. ..cc cece eee eee 117.000 Informative .....ocococccccccncccocnno cen crono cnn 117.000 LOCUÍOTES 0.0... cece cece cece ee rrrrr r 117.000 | TÉCNICO . 0... cece eee eect eet ete teen ees 117.000 ! Jefe de División : Discoteca 2.0... 0... cece eee once raro rro rr rr 83.250 | PTOBTAMAS 20... cece eee ee cece ee ee eee ee nan 83.250 | Transcripciones ......-. 0... cece eee ee eee rn 83.250 | Registros 2.2... cece eect eee carr rr 83.250 \ Control Central 2.2.0.2... ee cee cc ence eee ee es 83.250 Mantenimiento y Simplificación de Exteriores ............ 83.250 | Planta Trasmisora ........ 6.0 cece cece cece eee ee eee e eens 83.250 | Redactor ÓN 66.960 | Locutor, AN 66.960 Libretista Guionista 2.0... 00... c cee e eee e ence needs 66.960 Técnico Laboratorista .......... cece eee ee cece cree eee ee 66.960 Redactor “B” oo... cece cece erence eee ees 60.480 Operador de Estudios ................c ccc ceue secu ee ee en o, 60.480 Locutor “Bo... orar rr 60.480 i Técnico en Mantenimiento y Exteriores .................. 60.480 Operador Planta Trasmisora .......... 0.0... cece eee eee o. 60.480 Redactor Analista ............ cee ccc eee ee eee ee eee 60.480 Asistente de Transcripciones ............. 00 ccc eee eee ee ee 60.480 Asistente de Producción y Programación ................. 60.480 Armador de Programas ...........6. 0c cece cece cece eres 60.480 Registrador Discografico ............... 0. cece cece cee eee ee 51.840 Auxiliar de Promoción ........... ccc ce cece cece en ee ee nooo 51.840 : Registrador Periodistico ..........6... cc cece cece eee cecees 51.840 . 583 mm q ¡HEN Ñ | A : Planilla Anexa 7 He A i ASIGNACIONES FAMILIARES E; : ASIGNACION | Importe E poa I II : COMYUBE 20. A 1,500 E i Por Hijo oo... 2. cece cece cece ee ee se conan arar rro r 3,000 4 i Por Familia Numerosa A 3.000 4 Por Escolaridad Primaria ......... 60. sc ese eee eee eee ees 3.000 3 Por Escolaridad Media y Superior ....oooooooomocommo. 4.500 3 i Prenatal 2.00.0... ee ee ce ee ee eee eee 3.000 y : Por Escolaridad Primaria de Familia Numerosa ...... 1.500 q : Por Escolaridad Media y Superior de Familia Numerosa 1.500 { FUNDAMENTOS i Este Poder Ejecutivo ha proyectado el correspondiente proyecto de ley que H posibilite otorgar incrementos salariales a los servidores públicos provinciales, : en concordancia con las pautas establecidas al respecto por el gobierno nacio- : nal, poniéndoze especial atención en la concreción, en el ámbito provincial, de : medidas tendientes a formalizar mejoras diferenciales a efectos del logro de i una real jerarquización del personal estatal. | Es así que en el cuerpo legal que se acompaña, se incluyen aquellas nor- E | | ; mas necesarias para la implementación de la medida, como asi también las es- y ifs calas salariales que, por su contextura particular, deben especificarse en va- 3 | | lores absolutos. 4 vel Con la presente norma se da cumplimiento a la politica salarial emanada 3 ! del orden nacional, debiendo señalar que el financiamiento de su costo cuenta 4 A con previsiones presupuestarias, por lo que su aplicación no significará insumo 4 : mayor en función de su previsión en oportunidad de formularse el Presupuesto a para el corriente ejercicio. 4 También se ha estimado necesario efectuar algunos ajustes en el texto de J la ley 8.721 —Estatuto para el empleado público— producto del análisis reali- q + zado de los resultados obtenidos con la aplicación de tal Estatuto luego de seis 3 meses de vigencia, y a fin de profundizar la política de racionalización y jerar- A po quización emprendida y que tan buenos logros ha brindado. 4 1 Publicación B. O.: 16-9-77. ; | 3