Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15316
Ley 15316/2022 - SUSPENDE POR DOS AÑOS LA EXIGENCIA DEL EXAMEN ORAL Y LA CONVOCATORIA A EXAMEN DE OPOSICIÓN DE LOS POSTULANTES PARA CUBRIR VACANTES, CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 25 Y 26 DE LA LEY 11868 - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- (ESCUELA JUDICIAL-EVALUACIÓN- 2022/2023-CONCURSOS).
Reformas y relaciones normativas
1Ley 15316 LEY 15316 Prorrogada por Ley 15478 (período 2024/2025). EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Suspéndese por dos (2) años la exigencia del examen oral establecida en el artículo 26 de la Ley 11.868 para los procesos de evaluación generados en concursos convocados por el Consejo de la Magistratura. Esta reforma será también aplicable a los llamados convocados en los que no se hubiere iniciado la etapa de evaluación. ARTÍCULO 2°.- Suspéndese para los años 2022 y 2023 la convocatoria dos (2) veces por año calendario a examen de oposición de los postulantes para cubrir las vacantes que se produzcan en órganos de igual jerarquía y competencia material en cualquier lugar de la Provincia, establecida en el artículo 25 de la Ley 11.868. ARTÍCULO 3°.- Efectúense las readecuaciones reglamentarias pertinentes. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de Diciembre del año dos mil veintiuno.