Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10588
Ley 10588/1987 - DONACION DE INMUEBLE UBICADO EN BAHIA BLANCA CON DESTINO A LA CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO.
Ley 10588 LEY 10588 NOTA: Ver Ley 11455
(Ref. plazo)
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Dónase a título gratuito, libre de toda deuda fiscal, la propiedad designada catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 16, Parcela 18- b, con una superficie de 450,27 metros cuadrados , ubicada en la ciudad de Bahía Blanca, jurisdicción del Partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a la Confederación General del Trabajo, Delegación de Bahía Blanca. ARTICULO 2.- La escrituración de dicha transferencia de dominio, deberá efectuarse en el término de treinta días de la correspondiente publicación de la Ley en el Boletín Oficial. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.