Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11890

Ley 11890/1996 - MODIFICA LEY 11721, DONACION INMUEBLE EN LA CIUDAD DE LA PLATA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/01/1997
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11890 LEY 11890 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIADE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modifícase el artículo 1° de la Ley 11.721, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 1: Dónase parte del inmueble ubicado en la ciudad y partido de La Plata designado catas­tralmente como: Circunscripción IX, parte de la Parcela Rural 2.958 que ocupa 300 metros de frente sobre calle 7 desde calle 627 Bis hacia el N.O. por 300 metros de fondo inscripto su dominio bajo la Matrícula 180.854, a nombre de la Provincia de Buenos Aires”. ARTICULO 2.- Modifíquese el artículo 2° de la Ley 11.721 el que quedará redactado de la si­guiente forma: “Artículo 2: La superficie de terreno citada en el artículo anterior será la siguiente: 300 metros de frente sobre calle 7, desde 627 Bis hacia N.O. por 300 metros de fondo, siendo la superficie total aproximada de 90.000 metros”. ARTICULO 3.- Modifíquese el artículo 5° de la 11.721, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 5°: El Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación y procederá a efectuar la mensura y deslinde del inmueble en cuestión, conforme al croquis que se agrega formando parte integrante de la presente Ley, con la finalidad de posibilitar el cumplimiento de su normativa”. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.