Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 142

SANCIONA CON EXONERACIÓN A AGENTE - DOCENTE - GUSTAVO BANCHERO - E.T. N° 6 DEL D.E. 12° - JEFATURA DE GOBIERNO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/03/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588),y modificada por Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Resolución N° 2.949-MEGC/15, el Expediente Electrónico N° 21219385-MGEYA-DGCLEI/15, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 2.949-MEGC/15 se dispuso la instrucción del sumario administrativo N° 1128/15 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder en relación a presuntas conductas disvaliosas en que habría incurrido el agente Gustavo Banchero (DNI N° 29.405.912 - F.C. N° 464.070), en su carácter de docente de la E.T. N° 6 del D.E. 12°, en virtud de la presunta infracción al artículo 6° de la Ordenanza N° 40.593; Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria del docente Gustavo Banchero (DNI N° 29.405.912), la que fue desarrollada por ante el organismo instructor; Que habida cuenta de las constancias obrantes, se le formuló el respectivo cargo administrativo; Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por unanimidad con el cargo formulado por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que el agente en cuestión fue debidamente notificado del cargo formulado como así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y prueba, presentando su correspondiente defensa; Que habiendo sido notificado del plazo para alegar, el agente Gustavo Banchero no realizo presentación alguna, dándosele por decaído su derecho; Que, no restando medidas de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura de la etapa de instrucción; Que luego de un pormenorizado análisis de los hechos, el descargo formulado por el agente, la prueba colectada y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos, la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires mediante el informe identificado como N° IF-2017-24784918- DGSUM, la prueba colectada y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con exoneración al agente Gustavo Banchero (DNI N° 29.405.912) por haber sido hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo N° 1.128/15 y con ello transgredir los deberes impuestos en el artículo 6°, incisos c) y d) del Estatuto del Docente - Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588), quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo 36 inciso g) del citado Estatuto; Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción aconsejada; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2017-28571987-DGCDO, discrepando con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación intervino en las presentes actuaciones en el marco de su competencia; Que, conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551; Que, en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la Ciudad y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias obrantes en autos, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza N° 40.593, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sancionar con exoneración al agente Gustavo Banchero (DNI N° 29.405.912 - F.C. N° 464.070) por haber sido hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo N° 1128/15 y con ello transgredir los deberes establecidos en el artículo 6°, incisos c) y d) del Estatuto Docente aprobado por la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544, quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo 36, inciso g) del citado Estatuto. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al señor Gustavo Banchero (DNI N° 29.405.912 - F.C. N° 464.070), en los términos del artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6.588), con copia del Dictamen Jurídico IF-2017- 24784918-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588), o el recurso previsto en el artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario, aprobado por Ley N° 189 (texto consolidado por Ley N° 6.588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Miguel - Grindetti Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRADA POR DECRETO 104 2025 <p>Artículo 1° del Decreto 104/25 desestima  el recurso de reconsideración interpuesto por el ex -agente G.B. (F.C. 464.070) contra el Decreto 142/24, confirmando en todos sus términos la medida adoptada.</p>