Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6671

DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO - DECLARA INNECESARIO - PARA LA GESTIÓN - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SUPERFICIE DE 77,36 M² DE TRAZA DE VÍA PÚBLICA - CALLE JOSÉ LEÓN SUÁREZ - TRAMO - ENTRE INTERSECCIÓN CON CALLES ECHEANDÍA Y ZUVIRÍA - SUPERFICIE DE 73,31 M² DE TRAZA DE VÍA PÚBLICA - CALLE SALADILLO - TRAMO - ENTRE INTERSECCIÓN CON LAS CALLES ECHEANDÍA Y ZUVIRÍA - INCORPORA SUPERFICIE - POLÍGONOS INDIVIDUALIZADOS EN LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° - MANZANA 20A SECCIÓN 78 CIRCUNSCRIPCIÓN 1

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/10/2023Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se desafecta del dominio público y se declara innecesario para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la superficie de 77,36 m2 de traza de vía pública correspondiente a la calle José León Suárez, en el tramo comprendido entre su intersección con las calles Echeandía y Zuviría, de acuerdo al polígono 1, (A-B-C-D-E-F-G-H-A) incorporado al croquis del Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ley. Art. 2°.- Se desafecta del dominio público y se declara innecesario para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la superficie de 73,31 m2 del sector de traza de vía pública correspondiente a la calle Saladillo, en el tramo comprendido entre su intersección con las calles Echeandía y Zuviría, de acuerdo al polígono 2 (I-J- K-L-M-N-I), incorporado al croquis del Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ley. Art. 3°.- Se incorpora la superficie de los polígonos individualizados en los artículos 1° y 2° a la Manzana 20A, Sección 78, Circunscripción 1. Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi Buenos Aires, 9 de octubre de 2023 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.671 (Expediente Electrónico N° 34.769.112- GCABA-DGALE-2023), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 7 de septiembre de 2023, ha quedado automáticamente promulgada el día 2 de octubre de 2023. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. Montiel