Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 226
RATIFICA CONVENIO DE USO PRECARIO Y GRATUITO - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS - COOPERADORA DE ACCIÓN SOCIAL - COAS - PLAZA SAN MARTIN - PARQUE CENTENARIO - VENTA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL Y ALIMENTOS ENVASADOS DE PRIMERA LÍNEA - MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 112/17, el Expediente Electrónico N° 15795844-MGEYA-SSCON/18, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la ratificación de un Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito a favor de la Cooperadora de Acción Social "COAS" de espacios pertenecientes al dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sitos en la Plaza San Martin y en el Parque Centenario, cuyas ubicaciones exactas y medidas se detallan en el Anexo I del mismo; Que el plazo del Convenio de Uso Precario y Gratuito se estableció desde el 14 de junio de 2018 hasta el 15 de julio de 2018, inclusive, en el marco del evento denominado "Buenos Aires Mundial 2018"; Que dichos espacios serán destinados, exclusivamente, a la instalación y explotación de dos (2) puestos en Plaza San Martín y un (1) puesto en Parque Centenario, para la venta de bebidas sin alcohol y alimentos envasados de primera línea, cumplimentando las disposiciones legales vigentes en la materia, con funcionamiento durante el evento "BUENOS AIRES MUNDIAL 2018; Que lo recaudado, una vez descontados los gastos que irrogue la actividad, será donado a hospitales y demás centros asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de esta Ciudad, en cumplimiento del objeto social de "COAS"; Que el permiso de uso que es objeto del convenio es la modalidad que mejor se adapta a la gestión tramitada por los presentes toda vez que el requerimiento formulado reúne como una de sus condiciones la gratuidad y su aplicación encuentra justificación en la finalidad de objeto social de "COAS"; Que la Subsecretaría de Contenidos, actuando dentro de las atribuciones que le son propias, se encuentra facultada para suscribir el convenio mencionado en virtud de lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 112/17; Que no obstante, por aplicación del artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Convenio de Permiso de Uso Precario y Gratuito a favor de la Cooperadora de Acción Social "COAS" fue suscripto ad referéndum de su ratificación; Que en función de lo dicho, corresponde ratificar el citado Convenio; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 1.218 (texto consolidad por Ley N° 5.666). Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio de Uso Precario y Gratuito suscripto, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Subsecretario de Contenidos, y la Cooperadora de Acción Social "COAS", representada por su Presidenta, el que como Anexo I (IF-2018-17771504-DGEGRAL) forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Subsecretaría de Contenidos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel