Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6464
SE DEJA SIN EFECTO LA OBLIGACIÓN DE PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - CÓDIGO FISCAL - MESES COMPRENDIDOS ENTRE OCTUBRE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2021 - CONTRIBUYENTES - RESPONSABLES - ACTIVIDAD DE EXHIBICIÓN DE FILMES Y VIDEOCINTAS
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Déjase sin efecto la obligación de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente a los ingresos obtenidos, conforme a las pautas establecidas en el Código Fiscal, en los meses comprendidos entre octubre noviembre y diciembre del año 2021, ambos inclusive, a los contribuyentes o responsables que desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad de "Exhibición de filmes y videocintas", contemplada en el Código N° 591300 del Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES). Art 2°.- El beneficio establecido en la presente ley alcanza exclusivamente a los ingresos provenientes del desarrollo de la actividad mencionada en el artículo 1° en locales habilitados y/o autorizados a funcionar en los términos y condiciones que fije la normativa vigente. En el supuesto de que el contribuyente o responsable presentare ingresos derivados de actividades distintas de la mencionada, la exención aplicará exclusivamente respecto de la correspondiente a exhibición de filmes. Art 3°.- En el marco de la presente, los contribuyentes o responsables deberán solicitar la aplicación del beneficio ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme el procedimiento y requisitos que dicho organismo establezca por la reglamentación. Art 4°.- La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos podrá solicitar la información que entienda oportuna a fin de hacer efectiva la exención establecida en la presente Ley. Art 5°.- El beneficio establecido en la presente no exime a los beneficiarios de la obligación de presentar las declaraciones juradas ni del cumplimiento de los restantes deberes formales establecidos por las normas de aplicación. Art 6°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 372 2021 INTEGRA DECRETO 69 2021 <p>Art. 1 de la Ley 6464 deja sin efecto la obligación de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente a los ingresos obtenidos, conforme a las pautas establecidas en el Código Fiscal, en los meses comprendidos entre octubre noviembre y diciembre del año 2021, ambos inclusive, a los contribuyentes o responsables que desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad de Exhibición de filmes y videocintas.</p>