Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14187

Ley 14187/2010 - PRORRóGASE POR EL TéRMINO DE 6 MESES, LA EMERGENCIA DE LA INFRAESTRUCTURA EDILICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECLARADA POR LEY 13795 Y PRORROGADA POR LEYES 13946 Y Nº 14090.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/11/2010
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Ley 14187 LEY 14187 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°. Prorrógase, a partir de su vencimiento y por el término de seis (6) meses, la emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, declarada por Ley N° 13.795 y prorrogada por Leyes N° 13.946 y Nº 14.090. ARTÍCULO 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los catorce días del mes de octubre de dos mil diez.