Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 98

DECLARA ACREDITADA - POSESIÓN VEINTEAÑAL - ADQUISICIÓN  DE DOMINIO -INMUEBLE - PASEO COLÓN 1366-70 - CIRCUNSCRIPCIÓN 12 - SECCIÓN 4 - MANZANA 47 - PARCELA 8B - MATRÍCULA FRE 12-2156 - PROCEDER A SU INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/02/2020Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley Nacional N° 17.801, el Código Civil y Comercial de la Nación, las Leyes Nros. 351 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.292, el Expediente Electrónico N° 20.214.064/MGEYA/DGABC/18, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la regularización dominial del inmueble sito en la Av. Paseo Colón N° 1.366/70, identificado catastralmente como Circunscripción 12, Sección 4, Manzana 47, Parcela 8b, Matrícula FRE 12-2156; Que el inmueble en cuestión pertenece al dominio de Talleres Metalúrgicos Navales Anglo Argentinos Sociedad Anónima, de conformidad con los antecedentes dominiales que surgen del actuado de la referencia; Que la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires adquirió por expropiación parcial una porción del inmueble sito en Av. Paseo Colón N° 1.366/70 en el marco de los autos caratulados "TALLERES METALURGICOS NAVALES ANGLO ARGENTINOS S.A. C/ MCBA S/ EXPROPIACION INVERSA"; Que la Ciudad de Buenos Aires ostenta la posesión continua, pacífica, pública e ininterrumpida del inmueble desde el 6 de abril de 1989; Que a los fines de materializar la realidad parcelaria, la Dirección General Registro de Obras y Catastro procedió a subdividir la parcela en cuestión, conforme Plano de Mensura con Fraccionamiento N° 26-C-2014; Que por medio de Testimonio Administrativo se procedió a la inscripción del Plano de Mensura con Fraccionamiento N° 26-C-2014 ante el Registro de la Propiedad Inmueble; Que conforme lo expuesto, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha ejercido la posesión del bien inmueble en cuestión de manera continua, pacifica, pública y no interrumpida por un plazo ampliamente mayor al establecido en los artículos N° 1899, 2565, 4015 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; Que en este sentido, resulta de aplicación el régimen de prescripción adquisitiva previsto en la Ley N° 351; Que la Dirección General Escribanía General ha tomado la intervención que le compete; Que así las cosas, resulta pertinente autorizar a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar el testimonio administrativo del mencionado inmueble (Ley N° 17.801 artículo.3° inc. a) y su posterior inscripción registral de dominio; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha pronunciado conforme lo normado en la Ley N° 1.218. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Declárase acreditada la posesión veinteañal y adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio del inmueble sito en la Av. Paseo Colón N° 1.366/70, identificado catastralmente como Circunscripción 12, Sección 4, Manzana 47, Parcela 8b, Matrícula FRE 12-2156, conforme Plano de Mensura con Fraccionamiento N° 26-C-2014. Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la declaratoria de dominio de la Parcela 8b a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y proceder a su inscripción por ante el Registro de la Propiedad Inmueble por testimonio administrativo y/o escritura pública. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Secretaria de Desarrollo Urbano, a la Dirección General Administración de Bienes, Relocalización y Gestión Integral de Edificios de Gobierno del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel