Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5895

Ley 5895/1958 - DEROGANDO LOS ARTICULOS 32 Y 33 DEL DECRETO-LEY 5412/958, RELATIVO A FABRICAS DE AGUAS GASEOSAS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/10/1958
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Ley 5895 LEY 5895 Derogando los artículos 32 y 33 del Decreto-Ley Nº 5412/958, relativo a fábricas de aguas gaseosas Departamento de Salud Pública EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Deróganse los artículos 32 y 33 del Decreto-Ley número 5412/958. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.