Nación · Ley N° 24958
Ley 24958 - REESTABLENSE LAS FACULTADES OTORGADAS AL PODER EJECUTIVO NACIONAL POR EL ART. 3º INCISO B) DE LA LEY 24631.-
Ley 24.958 del 29/04/98 IMPUESTO Ley 24.958 Impuesto al Valor Agregado. Restablécense las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo Naciona1 por el articulo 3° inciso b) de la Ley 24.631 Sancionada: Abril 29 de 1998 Promulgada: Mayo 7 de 1998 B.O.: 08/05/98 E1 Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1°- Restablécense, por el término de noventa (90) días a contar de la fecha de publicación de la presente ley, las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo Nacional por el articulo 3° inciso b) de la ley 24.631. ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. REGISTRADA BAJO EL N° 24.958 MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Perez Pardo.-Edgardo Piuzzi Decreto 495/98 Bs. As., 7/5/98 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación N° 24.958 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-MENEM. -Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.