Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13472
Ley 13472/2006 - MODIFICA LEY 10295, CONVENIO ENTRE EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROV.Y LA DCCION.PROV.DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. MODIFICA EL DEC-LEY 9650/80, RÉGIMEN PREVISIONAL DE LA PROVINCIA.
Ley 13472 LEY 13472 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 4° último párrafo de la Ley 10.295 y sus modificatorias por el siguiente: “El personal contratado en cumplimiento de los incisos b), c), e) y g) del primer párrafo estará sometido a la autoridad del organismo que corresponda según prestación y sujeto a su régimen disciplinario. Los contratos de trabajo celebrados a la fecha de entrada en vigencia de la presente, y los que se celebren bajo la modalidad de locación de servicios, se regirán por la Ley 20.744. Asimismo, y a partir de la entrada en vigencia de la presente, el personal contratado en cumplimiento de los incisos b), c), e) y g) se encuentra comprendido provisionalmente en el régimen previsto en el Decreto-Ley 9.650/80 (T. O. Decreto 600/94).” ARTICULO 2.- Modifícase el artículo 2° segundo párrafo del Decreto-Ley 9.650/80 (T. O. Decreto 600/94), el que quedará redactado de la siguiente forma: “También se encuentran obligados a la afiliación, el personal que preste funciones docentes en los establecimientos educativos privados de cualquier nivel, modalidad o rama de la enseñanza, reconocidos, autorizados o incorporados o en trámite de autorización o reconocimiento por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia que se rige por la Ley 11.612; como así también el personal contratado en los términos de la Ley 10.295 (T. O. Decreto 1.375/98) y sus modificatorias.” ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.