Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 124
RATIFICA FUNCIONARIOS - EZEQUIEL JARVIS - SUBSECRETARIO - SUBSECRETARÍA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO - JOSÉ COHEN - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL PROTECCIÓN DEL TRABAJO - SERGIO SCAPPINI - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL EMPLEO - CLAUDIA TESTA - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL NEGOCIACIONES LABORALES - SUBSECRETARÍA TRABAJO INDUSTRIA Y EMPLEO
VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, 119/18, el Expediente Electrónico N° 12.222.741/MGEYA-MGOBGC/18, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley N° 5.960, modificatoria de la Ley 5.460, establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno; Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por el Decreto N° 119/18 se modificó parcialmente el Decreto N° 363/15 y modificatorios, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, a la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio y las Direcciones Generales Empleo, Protección del Trabajo y Negociaciones Laborales; Que en consecuencia, el Ministro de Gobierno propicia las ratificaciones de las personas que se indican en el Anexo I del presente Decreto, en los cargos y condiciones que allí se establecen; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Ratifícase, a partir del 27 de abril de 2018, a las personas que se mencionan en el Anexo I (IF-2018-12389303-MGOBGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, como funcionarios del Ministerio de Gobierno, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel