Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6222
SE MODIFICA - LEY 6005 - CALLES - BOULEVARD OLÍMPICO - VILLA OLÍMPICA - ALBERTO DEMIDDI - AVENIDA ESCALADA HASTA CALLE SIN DENOMINACIÓN - 23 DE JUNIO
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 9° de la Ley 6005 por el siguiente: "Artículo 9°.- Denomínase "Alberto Demiddi" a la calle que se extiende desde su intersección con la Av. Escalada hasta la calle sin denominación paralela a 23 de Junio, según lo señalizado como punto 9 en el Anexo que forma parte de la presente." Art. 2°.- Sustitúyese el Anexo de la Ley 6005 por el Anexo de la presente. Ver archivo 1 Art. 3°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Pérez Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 405 2019 MODIFICA LEY 6005 2018 LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES <p>Art. 1 de la Ley 6222 sustituye al Art. 9 de la Ley 6005.</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo I. </p>