Nación · Decreto-ley N° 10374
Decreto/ley 10374 - DEDUCCION DE LOS APORTES PATRONALES DE LOS PREMIOS ESTIMULOS O GRATIFICACIONES.
SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Decreto Ley 10.374/56 DEDUCCION DE LOS APORTES PATRONALES DE LOS PREMIOS ESTIMULOS O GRATIFICACIONES. BUENOS AIRES, 11 de junio de 1956 Art. 1.- En lo sucesivo se deberá deducir de las sumas a distribuir a agentes de la Administración pública con el carácter de premio estímulo o gratificación de análogas características, los importes establecidos en concepto de aporte patronal, que serán entregados a las Cajas nacionales de previsión que correspondan. Art. 2.- Previo a la deducción que dispone el art. 1 y en función del monto anual que en concepto de cargos por aporte patronal formulen las Cajas nacionales de previsión, por computación de las sumas percibidas con el carácter de premios estímulos o gratificaciones con anterioridad a la fecha del presente decreto ley, se destinará hasta el 5 % de la suma a distribuir. Art. 3.- Queda derogada toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente decreto ley. Art. 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Vicepresidente provisional de la Nación Argentina y los señores ministros secretarios de Estado en los departamentos de Hacienda, Ejército, Marina y Aeronáutica. Art. 5.- Comuníquese, etc. ARAMBURU - Rojas - Ossorio Arana - Hartung - Krause.