Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6116

Ley 6116/1959 - ENTREGA DEL 20 % DE LA TASA POR BAñOS DEL CENTRO HIDROTERMAL DE CARHUé, A LA MUNICIPALIDAD DE ADOLFO ALSINA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/11/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6116 LEY 6116 Entrega del 20 % de la tasa por baños del Centro Hidrotermal de Carhué, a la Municipalidad de Adolfo Alsina. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para entregar el 20 % de los ingresos efectivos que se obtengan en concepto de tasa por servicio de baño, en el Centro de Tratamiento Hidrotermal de Carhué (Lago Epecuén), a la Intendencia Municipal de Adolfo Alsina. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.