Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 306
Boletn Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 y 6.292 (textos consolidados por Ley N 6.347), los Decretos Nros. 53/17, 463/19 y modificatorios y 271/21, el Expediente Electrnico N EX-2021-28019939-GCABA- DGTALMJYS, y CONSIDERANDO: Que la Ley N 5.688 crea la Polica de la Ciudad y el Sistema Integral de Seguridad Pblica de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires determinando las bases jurdicas e institucionales que rigen la relacin de empleo del personal de la Polica de la Ciudad; Que en el Captulo XIX, Ttulo III, del Libro II y en el Captulo VIII, Ttulo IV del Libro II del citado cuerpo legal, se contempla lo relativo al rgimen disciplinario, se enumeran las sanciones y los bienes tutelados con su aplicacin; Que, en ese marco, el artculo 204 de la Ley N 5.688 dispone que: "Las sanciones de cesanta y exoneracin son resueltas por el Secretario de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad a propuesta de la Oficina de Transparencia y Control Externo previa instruccin del sumario administrativo correspondiente. Las sanciones de apercibimiento y suspensin de empleo son aplicadas conforme se reglamente al efecto"; Que por su parte, el artculo 207 de la mencionada Ley establece que: "Contra los actos administrativos que imponen sanciones disciplinarias son procedentes los recursos administrativos contemplados en el Decreto N 1510/GCABA/1997 (texto consolidado por Ley N 5454). El recurso jerrquico contra los actos administrativos sancionatorios dictados por el Secretario de Seguridad es resuelto por el Ministro de Justicia y Seguridad. Esta resolucin agota la va administrativa"; Que mediante el Decreto N 53/17 se aprob la reglamentacin de la Ley N 5.688 en lo referente al rgimen disciplinario para el personal con y sin estado policial que integra la Polica de la Ciudad y al personal retirado, contemplado en el Captulo XIX, Ttulo III, del Libro II y en el Captulo VIII, Ttulo IV del Libro II de la Ley N 5.688; Que en el Anexo I del citado Decreto N 53/17 se establecen las competencias para la aplicacin de sanciones de apercibimiento, suspensin, cesanta y exoneracin, adems de las facultades para ordenar la instruccin de averiguaciones previas, sumarios, el dictado de medidas preventivas, y el archivo de las averiguaciones previas y sumarios, entre otros; Que por la Ley N 6.292 se sancion la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, contemplndose entre ellos al Ministerio de Justicia y Seguridad; Que mediante el Decreto N 463/19 y sus modificatorios se aprob la estructura orgnico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires; Que por Decreto N 271/21 se modific la referida norma, aprobando, a partir del 1 de agosto de 2021, la estructura orgnico funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo tcnico operativo; Que, entre otras disposiciones, el Decreto N 271/21 suprimi la Secretara de Justicia y Seguridad y estableci que, distintas unidades organizativas dependan del Ministro de Justicia y Seguridad, entre ellas, la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico; Que la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico tiene entre sus responsabilidades primarias las de asesorar al Ministro de Justicia y Seguridad en el diseo e implementacin de polticas pblicas que contribuyan a reducir el delito y la violencia, as como, la de disear y supervisar mecanismos de convivencia y orden pblico de accin territorial; Que por lo tanto, en virtud del referido cambio de estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, resulta conducente establecer a la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico, o la que en el futuro la reemplace, como continuadora de la entonces Secretara de Justicia y Seguridad del citado Ministerio, en relacin a los artculos 204 y 207 de la Ley N 5.688, como as tambin respecto del Decreto reglamentario N 53/17; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artculos 102 y 104 de la Constitucin de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artculo 1.- Establcese que la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, o la que en el futuro la reemplace, es continuadora de la entonces Secretara de Justicia y Seguridad del citado Ministerio, a todos los efectos de la aplicacin de los artculos 204 y 207 de la Ley N 5.688. Artculo 2.- Establcese que la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, o la que en el futuro la reemplace, es continuadora de la entonces Secretara de Justicia y Seguridad del citado Ministerio, a todos los efectos de la aplicacin del Decreto N 53/17, reglamentario de la Ley N 5.688, as como tambin, de sus normas complementarias, aclaratorias y operativas. Artculo 3.- El presente Decreto es refrendado por el seor Ministro de Justicia y Seguridad y por el seor Jefe de Gabinete de Ministros. Artculo 4.- Publquese en el Boletn Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunquese a la Jefatura de Polica de la Ciudad, a la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Polica de la Ciudad, a las Subsecretaras de Gestin Administrativa, de Capital Humano y de Convivencia y Orden Pblico, dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Subsecretara de Gestin de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y dems efectos, remtase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archvese. RODRGUEZ LARRETA - D´Alessandro - Miguel Relaciones Tipo de relacin Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA LEY 5688 2016 <p>Art. 1 del Decreto 306/21 estableceque la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, o la que en el futuro la reemplace, es continuadora de la entonces Secretara de Justicia y Seguridad del citado Ministerio, a todos los efectos de la aplicacin de los artculos 204 y 207 de la Ley 5688.</p> DEROGADA POR DECRETO 32 2023 <p>Artculo 5 del Decreto N 32/23 derogael Decreto N 306/21.</p> COMPLEMENTA DECRETO 53 2017 <p>Art. 2del Decreto 306/21 estableceque la Subsecretara de Convivencia y Orden Pblico dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, o la que en el futuro la reemplace, es continuadora de la entonces Secretara de Justicia y Seguridad del citado Ministerio, a todos los efectos de la aplicacin del Decreto 53/17, reglamentario de la Ley 5688, as como tambin, de sus normas complementarias, aclaratorias y operativas.</p>