Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 344
SE DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIO - CONTRA RESOLUCIÓN 862-MJYSGC-19 - INTERPUESTO POR - VIVIANA CECILIA RODRÍGUEZ
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su modificatoria N° 6.452, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347), las Resoluciones Nros. 862/MJYSGC/19 y 173/MJYSGC/22, el Expediente Electrónico N° 31385657-GCABA-DGTALMJYS/19 y tramitación conjunta, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita el recurso jerárquico en subsidio al de reconsideración, interpuesto por la señora Viviana Cecilia Rodríguez, D.N.I. N° 32.006.735, contra la Resolución N° 862/MJYSGC/19, mediante la cual se dispuso su retiro obligatorio de la Policía de la Ciudad, conforme las previsiones del artículo 219 inciso 7, en función del artículo 227 inciso 5, ambos de la Ley N° 5.688; Que por Resolución N° 173/MJYSGC/22 se desestimó el recurso de reconsideración contra la mencionada Resolución N° 862/MJYSGC/19; Que con fecha 21 de marzo de 2022, se notificó a la recurrente la mentada Resolución; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires mediante el Dictamen Jurídico identificado como IF-2022-04684999-GCABA-DGEMPP, indicó que la medida adoptada por la Resolución N° 862/MJYSGC/19 se fundamenta en el Dictamen N° 1846/2019 de la Junta Médica Institucional de la Policía de la Ciudad que, conforme los diagnósticos médicos, concluyó que la señora Rodríguez resulta "No Apto en forma definitiva para la función policial"; Que los dictámenes emitidos por la referida Junta Médica revisten el carácter de informes técnicos que merecen plena fe, siempre que sean suficientemente serios, precisos y razonables, no adolezcan de arbitrariedad aparente y no aparezcan elementos de juicio que destruyan su valor; Que es dable mencionar que el referido Órgano Asesor en su dictamen agregó "...Si se produce alguna presentación a tales efectos, las actuaciones deberán volver a esta Procuración General para su examen. En caso contrario, corresponderá resolver el recurso jerárquico de conformidad con lo aquí dictaminado..."; Que con fecha 5 de septiembre de 2022, se le notificó a la señora Viviana Cecilia Rodríguez la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso incoado dentro del plazo de cinco (5) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que, cumplido el plazo legal citado, la interesada no hizo uso de su derecho de ampliar o mejorar los fundamentos de su recurso, corresponde tener por reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Resolución N° 862/MJYSGC/19; Que por lo expuesto corresponde el rechazo del recurso jerárquico interpuesto en subsidio al de reconsideración contra la Resolución N° 862/MJYSGC/19. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Rechazar el recurso jerárquico en subsidio al de reconsideración, interpuesto por la señora Viviana Cecilia Rodríguez, D.N.I. N° 32.006.735, contra la Resolución N° 862/MJYSGC/19. Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, con copia del Dictamen Jurídico identificado como IF-2022-04684999- GCABA-DGEMPP, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel