Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5798
Ley 5798/1954 - APRUEBA EL DEC.5888/54. PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO SOBRE IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES LUCRATIVAS, RATIFICADO POR LEY 5723.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/10/1954
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 5798 LEY 5798 Protocolo Adicional al Convenio sobre Impuesto a las Actividades Lucrativas, ratificado por Ley 5723. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Apruébase el Decreto número 5888 dictado por el Poder Ejecutivo el 30 de Abril del corriente año, por el que se autoriza al Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión suscribir el Protocolo Adicional, por el que se sustituyen los artículos 14 y 15 del Convenio sobre Impuesto a las Actividades Lucrativas celebrado entre la Provincia y la Municipalidad de Buenos Aires el 28 de Mayo de 1953, ratificado por Ley número 5723. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.