Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 385

SE DESESTIMA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO - SERGIO LUCIO RACIOPPI - CONTRA DECRETO N° 353/20 - SANCIONA CON CESANTÍA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/12/2021Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, la Ordenanza N° 40.593 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3.360/68 y 353/20, la Resolución N° 2.320-MEGC/15, el Expediente Electrónico N° 17.868.351-MGEYA- DGCLEI/15, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 2.320-MEGC/15 se dispuso la instrucción del sumario administrativo N° 1.077/15 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder en relación a las presuntas conductas y actitudes disvaliosas en el desempeño docente en la Escuela de Danzas N° 1 "Prof. Nelly Ramicone", en la clase de Música de 2° año 1° división, el día 15 de agosto de 2014; Que, mediante Decreto N° 353/20, se sancionó con cesantía al señor Sergio Lucio Racioppi (DNI N° 21.113.837), por haber infringido los deberes establecidos en el artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo N° 36, inciso f), del citado ordenamiento; Que el agente Racioppi fue debidamente notificado del acto administrativo en cuestión, en fecha 30 de octubre de 2020; Que, consecuentemente, en fecha 10 de noviembre de 2020, el citado agente presentó un escrito al que nominó recurso de reconsideración, en los términos del artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593, y luego, el 22 de marzo de 2021, presentó una ampliación de fundamentos del mencionado recurso, los que fueron interpuestos en tiempo y forma; Que el quejoso alega la falta de valoración y motivación del Decreto puesto en crisis y el Informe N° IF-2020-25268374-GCABA-DGCLEI, el incumplimiento del plazo para sustanciar el sumario administrativo, el incumplimiento del artículo 36 y 38 del Estatuto Docente, la nulidad de las notificaciones realizadas con fecha 29/03/2017 y 04/05/2017 y la violación del ejercicio de su derecho de defensa; Que dichos argumentos han sido minuciosamente analizados en el dictamen jurídico N° IF-2021-11835233-GCABA-DGSUM de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad; Que, se ponderaron todos aquellos parámetros legales establecidos para meritar la sanción a imponer, conforme lo previsto en el Artículo N° 36 de la Ordenanza N° 40.593 y el Artículo N° 22 del Decreto N° 3.360/68; Que al recurrente no le asiste razón en sus dichos, toda vez que el acto administrativo discutido deviene ajustado a derecho en su aspecto sustancial y adjetivo; Que atento ello, y por las razones desarrolladas en el citado dictamen jurídico N° IF- 2021-11835233-GCABA-DGSUM, corresponde desestimar el recurso interpuesto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Sergio Lucio Racioppi (DNI N° 21.113.837), contra el Decreto N° 353/20, mediante el cual se ordenó sancionar con cesantía al referido docente. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al señor Sergio Lucio Racioppi (DNI N° 21.113.837), en los términos del artículo N° 63 del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347), consignando que con su dictado se agota la vía administrativa. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA DECRETO 353 2020 <p>Artículo 1° del Decreto N° 385/21 desestima el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Sergio Lucio Racioppi contra el Decreto N° 353/20.</p>