Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10642

Ley 10642/1988 - AUTORIZA AL VICEGOBERNADOR A AUSENTARSE EN FORMA TEMPORARIA DE LA CAPITAL DE LA PROVINCIA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/06/1988
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10642 LEY 10642 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Otórgase hasta el día 31 de diciembre de 1988 el permiso previsto en el artículo 117 de la Constitución de la Provincia, autorizando en consecuencia al Vicegobernador a ausentarse en forma temporaria de la Capital de la Provincia, como así de su territorio sin necesidad de cumplimentar en cada caso con dicho requisito. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.