Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11105

Ley 11105/1991 - PRORROGA POR TRES AÑOS EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 2 DE LA LEY 10450 (REGISTRO DE EXTRANJEROS).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/07/1991
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11105 LEY 11105 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Prorrógase por el término de tres (3) años, a contar desde la fecha de publicación de la presente, el plazo establecido en el artículo 2° de la Ley 10.450. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.