Nación · Ley N° 25937

Ley 25937 - CONDONASE LA DEUDA QUE FIESTA NACIONAL DEL ALGODON (ENTE AUTARQUICO LEY NRO. 3708 DE LA PROVINCIA DEL CHACO) MANTIENE CON EL ESTADO NACIONAL POR LA TRANSFERENCIA DE UN INMUEBLE.

Estado no verificadoSanción: 08/09/2004Publicación B.O.: 04/10/2004Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

CONDONACION DE DEUDAS Ley 25 CONDONACION DE DEUDAS Ley 25.937 Condónase la deuda que Fiesta Nacional del Algodón (Ente Autárquico Ley Nº 3708 de la Provincia del Chaco) mantiene con el Estado Nacional por la transferencia de un inmueble. Sancionada: Septiembre 8 de 2004 Promulgada de Hecho: Septiembre 30 de 2004 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1 º — Condónase la deuda que Fiesta Nacional del Algodón (Ente Autárquico Ley Nº 3708 de la Provincia del Chaco) mantiene con el Estado nacional por la transferencia del inmueble ubicado en la localidad de Colonia Presidencia Roque Sáenz Peña, Departamento Comandante Fernández, Provincia del Chaco, con una superficie de terreno de diecinueve mil setecientos metros cuadrados (19.700 m2), cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I, Sección F, Chacra 43, Fracciones XV y XXI. ARTICULO 2 º — El Poder Ejecutivo establecerá el pronto despacho de las medidas que procedan a los fines de cumplimentar las disposiciones de la presente ley y de suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio. ARTICULO 3 º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO. — REGISTRADO BAJO EL Nº 25.937 — EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.