Nación · Ley N° 21973

Ley 21973 - CREASE UNA NUEVA SALA EN LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 04/04/1979Publicación B.O.: 09/04/1979Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina JUSTICIA LEY N° 21.973 Créase una sala judicial. Buenos Aires, 4 de abril de 1979 EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º — Créase una (1) nueva sala en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-Administrativo Federal de la Capital Federal, que estará integrada en idéntica forma a las ya existentes en ese Tribunal. ARTICULO 2º — Créanse tres (3) cargos de Juez, uno (1) de Secretario y uno (1) de Prosecretario, para la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-Administrativo Federal de la Capital Federal. La dotación de personal será igual a la de las restantes Salas de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso-Administrativo Federal de la Capital Federal. ARTICULO 3º — La sala que se crea por la presente ley, será puesta en funcionamiento por la Corte Suprema Justicia de la Nación, en el momento que ésta lo determine. ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA. Alberto R. Varela. José A. Martínez de Hoz.