Provincia de Buenos Aires · Decreto N° 714

Acepta en el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana - Dirección General de Administración, a partir del 13 de julio de 2021, la renuncia presentada por Augusto Lauría al cargo de Director de ServiciosTÉCNICO ADMINISTRATIVOS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/09/2021
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Decreto 714/2021 DECRETO 714/2021 LA PLATA, 10 de Septiembre de 2021 VISTO el expediente EX-2021-17731028-GDEBA-DEOPISU del Organismo Provincial deIntegración Social y Urbana, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia presentada por Augusto LAURÍA al cargo de Director de Servicios Técnico Administrativos,   y CONSIDERANDO: Que Augusto LAURÍA presentó la renuncia, a partir del 13 de julio de 2021, al cargo de Director de Servicios TécnicoAdministrativos, quien había sido designado  por Decreto N°   800/2020; Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que  el  funcionario  saliente  no  registra actuaciones  sumariales pendientes de  resolución; Que la Directora Ejecutiva del  organismo  ha prestado su  conformidad; Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros; Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos  Aires; Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA ARTÍCULO  1º. Aceptar  en  la  Jurisdicción1.1.2.07.14,  ORGANISMO  PROVINCIAL  DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - Dirección General de Administración, a partir del 13 de julio de 2021, la renuncia presentada por Augusto LAURÍA (DNI N° 28.383.797 - Clase 1980) al cargo de Director de Servicios Técnico Administrativos, quien había sido designado por Decreto N° 800/2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº  4161/96. ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de  Ministros. ARTÍCULO 3º. Registrar,  comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido,    archivar. Carlos Alberto Bianco                                                    Axel Kicillof Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros               Gobernador