Nación · Ley N° 21069

Ley 21069 - CREANSE JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL Y DE PRIMERA INSANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 23/09/1975Publicación B.O.: 08/10/1975Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina JUSTICIA Créanse juzgados nacionales en lo civil y comercial federal y de primera instancia en lo criminal y correccional criminal. LEY N° 21.069 Sancionada: Septiembre 23 de 1975. Promulgada: Octubre 2 de 1975. POR CUANTO: EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º Sustitúyese el artículo 6º del Decreto Ley 17.928/68, por el siguiente: Créanse tres (3) juzgados nacionales en lo civil y comercial federal que funcionarán con los números cinco (5), seis (6) y siete (7), y dos (2) juzgados nacionales de primera instancia en lo criminal y correccional federal con asiento en la Capital Federal, que funcionarán con los números cinco (5) y seis (6). ARTICULO 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco. A. GARCIA N. G. TORANZO Irma S. de Cesaretti Ludovico Lavia Registrada bajo el N° 21.069 -