Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12044
Ley 12044/1997 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDóN, CON DESTINO A AMPLIACIóN Y ASIENTO DEFINITIVO DE LA ESCUELA ESPECIAL Nº 507 Y DEL JARDíN DE INFANTES Nº 908.
Ley 12044 LEY 12044 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad de Mar del Plata, con frente a la calle Libertad 6851 entre las calles Ortega (170) y G. A. Nasser (168), partido de General Pueyrredón , identificado catastralmente como: Circ. VI, Sec . A, Manz . 43gg, Parc . 17a y según su
título se designa como Lote 8a de
la Manz . 21, con una superficie de trescientos cuarenta metros cuadrados (340m2) cuyo dominio se encuentra inscripto al Folio 1705 del año 1951 (28-3-51), del partido de Gral. Pueyrredón , a nombre de Marcos Pedro Carmelo Guffanti y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino a ampliación y asiento definitivo de la Escuela Especial Nº 507 y del Jardín de Infantes Nº 908 de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón . ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumpimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.