Nación · Ley N° 298

Ley 298 - RELACIONES EXTERIORES-CONVENIOS INTERNACIONALES-TRANSPORTE-AMISTAD- APROBACIÓN DE LA CANCELACIÓN DEL ARTÍCULO 20 DEL TRATADO DE AMISTAD,COMERCIO Y NAVEGACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y BOLIVIA-ANEXO NO PUBLICADO-

Estado no verificadoSanción: 20/07/1869Publicación B.O.: 20/07/1869Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 298 APROBACION DE LA CANCELACIONES DEL ARTICULO 20 DEL TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACION FIRMADO CON BOLIVIA. BUENOS AIRES, 20 de julio de 1869 El Senado y Cámara de Diputados. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY Art. 1.- Apruébase la cancelación del artículo 20 del Tratado de amistad, comercio y navegación entre la República Argentina y la de Bolivia, el cual fué aprobado por la ley de siete de Octubre del año próximo pasado. Art. 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para verificar el canje de las ratificaciones del mencionado Tratado. Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. ZAVALIA - QUINTANA - SARAVIA - MUÑIZ