Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 83

CREA JARDÍN DE INFANTES INTEGRAL 11 - DISTRITO ESCOLAR 6 - COMUNA 3 - CALLE VENEZUELA 3269 - ALUMNOS DE TRES A CINCO AÑOS DE EDAD - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - CARGOS - DIRECTOR - VICEDIRECTOR - MAESTRO SECRETARIO - MAESTRO DE SECCIÓN - MAESTRO CELADOR - MEE MÚSICA - OTORGA FACULTADES - MINISTRA DE EDUCACIÓN - DESIGNACIONES - CESES - AUTORIZACIÓN DE LIQUIDACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CREACIÓN DE ESCUELA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 20/03/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5666), El Decreto N° 363/15 y sus modificatorios el Expediente Electrónico N° 2018-07019567/MGEYA-DGEGE/18, y CONSIDERANDO: Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, aumentando la oferta de escolarización en el nivel inicial; Que por la Ley N° 5.460 se establece que el Ministerio de Educción tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social; administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, con carácter obligatorio desde los cuatro (4) años hasta el nivel medio, y planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación bajo cuya dependencia se encuentra la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa la que promueve la creación del Jardín de Infantes Integral N° 11 del Distrito Escolar 6°, Comuna N° 3, que funcionará en el edificio sito en la calle Venezuela 3269, de esta Ciudad, para alumnos/as de 3 (tres) a cinco (5) años de edad, el que estará compuesto por siete (7) secciones de jornada completa en su totalidad; Que asimismo, y a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico Funcional correspondiente. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Créase el Jardín de Infantes Integral N° 11 del Distrito Escolar 6°, Comuna N° 3, que funcionará en el edificio sito en la calle Venezuela 3269, de esta Ciudad, para alumnos/as de 3 (tres) a cinco (5) años de edad, el que estará compuesto por siete (7) secciones de jornada completa en su totalidad. Artículo 2°.- Apruébese la Planta Orgánica Funcional conforme lo detallado en el

Anexo (IF-2018-07020415- DGEGE), el que a todos los efectos forma parte integrante

del presente. Artículo 3°.- Facúltese a la Sra. Ministra de Educación para designar, cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el artículo 2°. Artículo 4°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida Presupuestaria vigente. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación, el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel