Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 228

PROMULGA LEY 6307

Estado no verificadoPublicación B.O.: 09/06/2020Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgase la Ley N° 6307 (EX-2020-14460620-GCABADGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en susesión del día 28 de mayo de 2020. El presente decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a cargo del Ministerio de Justicia y Seguridad (Decreto N° 458/19) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGA LEY 6307 2020