Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 355
DESIGNA INTEGRANTES - DIRECTORIO ENTE METROPOLITANO REGULADOR DEL SERVICIO ELÉCTRICO - EMSE - PRESIDENTE - HÉCTOR SERGIO FALZONE - VOCAL EN REPRESENTACIÓN CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CARLOS GABRIEL RIVAS - FERNANDO SANTIAGO GALETTO
VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias Nros. 5.960 y 6.180, la Resolución N° 161/LCABA/19 y el Expediente Electrónico N° 30.972.012-GCABA-DGTALMEF/19, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5.460 y modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Economía y Finanzas; Que mediante Ley N° 6.180, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió al régimen establecido por las Leyes Nacionales Nros. 15.336 y 24.065, los Decretos Nros. 714/PEN/92 y 1398/PEN/92, sus normas modificatorias y complementarias, en todo cuanto resulte aplicable a Ia regulación y control del servicio de distribución de energía eléctrica prestada en su jurisdicción por las concesionarias Empresa Distribuidora Norte S.A. (EDENOR) y Ia Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR), todo ello de conformidad a lo contemplado en el artículo 98 de Ia Ley Nacional N° 24.065 y Ia Ley N° 27.467 de Presupuesto General de Gastos y Recurso Administración Nacional para el ejercicio 2019; Que, asimismo, por el artículo 2° de la citada Ley, se sustituye el artículo 17° del
Capítulo II de la Ley N° 5.460, estableciendo dentro de los objetivos correspondientes
al Ministerio de Economía y Finanzas, el de actuar como autoridad de aplicación en materia energética; Que por el artículo 3° de la Resolución N° 161/LCABA/19 se aprobó el "ACUERDO PARA EL EJERCICIO CONJUNTO DE LA JURISDICCIÓN SOBRE EL SERVICIO PÚBLICO METROPOLITANO DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA ", suscripto el 9 de mayo de 2019, registrado como CONJG-2019-28-GCABA-AJG, entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires; Que por el artículo 4° del citado Acuerdo, se crea el Ente Metropolitano Regulador del Servicio Eléctrico (EMSE) como ente autárquico bipartito, conformado por las jurisdicciones firmantes y que tendrá por objeto la regulación y el control del servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica correspondiente al área comprendida en las Concesiones otorgadas a EDENOR S.A. y a EDESUR S.A. a partir de la trasferencia de dicho servicio por parte del Estado Nacional a la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires y esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el artículo 7°, se establece que el EMSE será dirigido y administrado por un Directorio integrado por seis (6) miembros, de entre los cuales deberá elegirse un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a y cuatro (4) vocales, y cuyos mandatos tendrán una duración de tres (3) años; Que dicho Directorio estará compuesto en igual número por ambas jurisdicciones, tres (3) integrantes en representación de la Provincia de Buenos Aires y tres (3) integrantes en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designados por los Poderes Ejecutivos de cada jurisdicción; Que por el artículo 8°, se establece que la Presidencia y la Vicepresidencia del Directorio, será rotativa entre las jurisdicciones firmantes, correspondiendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires designar el/la Presidente/a para el primer período de tres (3) años; Que, atento lo expuesto, resulta necesario designar a los integrantes del Directorio que actuarán en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también a su Presidente; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Economía y Finanzas propicia las designaciones de las personas que se indican en el Anexo I del presente Decreto, en los cargos y condiciones que allí se detallan; Que, asimismo, resulta necesario dejar establecido que la designación del señor Fernando Santiago Galetto, DNI N° 24.536.136, CUIL N° 20-24536136-0, es en carácter ad honorem. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnanse, por el término de 3 años, como integrantes del Directorio del Ente Metropolitano Regulador del Servicio Eléctrico (EMSE) en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las personas que se indican en el Anexo I (IF- 2019-31705785-GCABA-MEFGC) en los cargos y condiciones detallados, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno, de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, notifíquese al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Mura - Miguel