Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8963
Decreto-ley 8963/1963 - (DEC-LEY 8963/63)DESISTIMIENTO DE EXPROPIACION EN SAN PEDRO. LEY 6410.
PA > AT, LEGISLATURA DE BUENOS AIRES DECRETO LEY 8.963 Desistimiento de expropiación en San Pedro. Ley 6.410 Departamento de Educación. La Plata, 14 de agosto de 1963. Visto el expediente número 2.608-64.003|958, del Ministerio de: Educación y su agregado número 2.100-1.785|960, de la Gobernación, Secretaría General, y Considerando: \ Que por Ley número 6.410, sancionada con fecha 20 de octubre a del año 1960, promulgada por Decreto número 13.526, de fecha 25 de noviembre del mismo año, declaróse de utilidad pública y sujeta a ex- propiación la fracción de tierra con todo lo edificado y plantado en la misma, sita en la intersección de las calles Río Bamba y Veinticin- co de Mayo de la ciudad de San Pedro, partido del mismo nombre, designada según título como lote 6 de la Manzana 356, Sección E, Circunscripción 1, de propiedad de don Rosario Cali o quien resultare serlo, destinada a la ampliación del edificio de la Escuela número 7, del citado distrito; Que con el mismo fin y por Decreto número 14.476, de fecha 15 de julio del año 1949, se aceptó la donación efectuada por la Muni- cipalidad del partido de San Pedro: Que de los informes producidos por las respectivas ramas técnicas del Departamento de Educación se desprende que no subsisten las razones de utilidad pública que oportunamente determinaron la ex- propiación del mencionado inmueble, en razón de encontrarse en ma- las condiciones de conservación, siendo por lo demás de muy antigua data y hallándose en muy deficiente estado higiénico pedagógico, no reuniendo en consecuencia condiciones adecuadas para el fin al que se lo destinaría; Que por tal circunstancia y siendo más ventajoso para el Fisco Provincial erigir este establecimiento educacional en el terreno do- nado, corresponde dejar sin efecto la expropiación efectuada. Por ello, atento lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno y vista del señor Fiscal de Estado a fojas 22 y 23 respectiva- mente, y la aprobación prestada por el Gobierno de la Nación por Decreto número 3.141, de fecha 29 de abril de 1963, el Comisionado Federal en la provincia de Buenos Aires, en Ejercicio del Poder Le- , * gislativo | DECRETA CON FUERZA DE LEY Art. 19 Déjase sin efecto la expropiación dispuesta por Ley nú- mero 6.410, sancionada con fecha 30 de octubre del año 1960, pro- mulgada por Decreto numero 13.526, de fecha 25 de noviembre del 4 mismo año, recaída en el expediente número 2.100.1.785|960, de una. | =i= ; H 4 a 3 y | 409 fracción de tierra con todo lo edificado y plantado en la misma, sita ‘en la intersección de las calles Río Bamba y Veinticinco de Mayo «de la ciudad de San Pedro, partido del mismo nombre, designada según título como lote 6 de la Manzana 196 y según Catastro como Parcela 3, Manzana 356, Sección E, Circunscripción I, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo el Folio número 499 del año 1951, a nombre de don Rosario Cali, Guía de Contribuyentes número 3.158. h Art, 22 El presente decreto -ley será refrendado por todos los señores ministros en Acuerdo General. Art. 3° Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 4° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, notifíquese al señor Fiscal de Estado, tome conocimiento | da. Contaduría General de la Provinci.. y pase al Ministerio de Edu- «cación, a sus efectos. IMAZ. CARLOS A. FLORIA, JORGE LASCANO, Horacio C. Rivara, ANÍBAL J. SEÑORANS, Cartos A. L. BOUREL, Jost R. Brusa. Decreto Nacional 3.141/63. “Boletin Oficial” 20/8/63. | | ea) oo | i