Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 92

MODIFICA EL DECRETO N° 214-21 - DESIGNA - UNIDAD PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Y ASUNTOS INSTITUCIONALES - SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES -  AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 6208 - LEY MICAELA - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/03/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley Nacional N° 27.499, las Leyes Nros. 6.292 y 6.208 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios, 214/21 y 468/22, el Expediente Electrónico N° 11409459-GCABA- UPIGAI/23, y CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 6.208 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional N° 27.499 "Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado"; Que, por el Decreto N° 214/21 se designó a la entonces Unidad para la Igualdad de Género como autoridad de aplicación de la Ley N° 6.208; Que mediante el Decreto N° 468/22, se modificó la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el mencionado Decreto se suprimió la Unidad para la Igualdad de Género y se creó la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales, en el ámbito de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales, transfiriendo el personal, patrimonio y presupuesto de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales dependiente de la Secretaría General y Relaciones Internacionales y de la Unidad para la Igualdad de Género a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales; Que la mencionada Unidad, tiene entre sus responsabilidades primarias las de entender en el diseño, coordinación y monitoreo de la implementación transversal de la estrategia integral para la igualdad de género del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y evaluar su alcance e impacto, intervenir en la planificación, seguimiento y evaluación de los proyectos de gobierno relacionados con el cumplimiento de los objetivos de la estrategia integral para la igualdad de género, y entender en el diseño, coordinación, implementación y ejecución de políticas públicas que fomenten la igualdad de género en el ámbito laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en colaboración con otras áreas competentes; Que en ese marco, resulta pertinente designar a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales como autoridad de aplicación de la Ley N° 6.208, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 214 /21; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° del Decreto N° 214/21, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Designar a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales dependiente de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, o el organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.208." Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de la Mujer dependiente de la Subsecretaría Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, a la Secretaría de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales dependiente de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 214 2021 <p>Artículo 1°.del Decreto N° 92-23 modifica  el artículo 1° del Decreto N° 214-21</p>