Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14728

Ley 14728/2015 - INSTITUYE A LA CIUDAD DE CHASCOMÚS COMO “CAPITAL PROVINCIAL DEL PEJERREY”.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/08/2015
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Ley 14728 LEY 14728 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1 ° .- Institúyese a la ciudad de Chascomús como “Capital Provincial del Pejerrey”. ARTÍCULO 2 ° .- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de mayo del año dos mil quince.