Nación · Ley N° 948

Ley 948 - SE APRUEBA LA CONVENCION POSTAL FIRMADA EN EL CONGRESO DE PARIS.

Estado no verificadoSanción: 07/10/1878Publicación B.O.: 07/10/1878Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina TRATADOS LEY N° 948 Ley aprobando la convención Postal firmada en el Congreso de Paris. Departamento de Relaciones Exteriores Buenos Aires, Octubre 12 de 1878. Por Cuanto: El Congreso ha sancionado la siguiente ley: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. Sanciona con Fuerza de Ley: Art. 1°- Apruébase la Convención Postal firmada el 1 de Junio de 1878, en el Congreso de París, entre el Delegado de la República Argentina y los de las demás potencias de la Unión Postal Universal. Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires á siete de octubre de mil ochocientos setenta y ocho. MARIANO ACOSTA. - Carlos M. Saravia , Secretario del Senado. - FELIIX FRIAS - J. Alejo Ledesma , Secretario de la Cámara de Diputados. Por Tanto: Cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Registro Nacional.- AVELLANEDA.- Manuel. A. Montes de Oca.