Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 136
SE DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN 888-MAYEPGC-15 - LEANDRO TIREL - RESCISIÓN DE CONTRATO DE LOCACIÓN - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 5.666), las Resoluciones Nros. 888-MAYEPGC/2015 y 393-MAYEPGC-2016, el EX-2015-18688039- -MGEYA-MAYEPGC, y, CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración que fuera interpuesto por el por el Sr. Leandro Tirel, D.N.I. N° 31.165.145, contra la Resolución N° 888-MAYEPGC-2015, que rescindió el contrato de locación de servicios que mantenía con esta Administración; Que por Resolución N° 393-MAYEPGC-2016, el titular del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, desestimó el recurso de reconsideración articulado por el Sr. Tirel; Que con fecha 12 de diciembre de 2017, se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado, el interesado no hizo ejercicio de ese derecho; Que teniendo en consideración que el recurrente no ha aportado nuevos elementos de hecho y de derecho que permitan conmover la decisión adoptada, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que legalmente le compete. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, interpuesto por el Sr. Leandro Tirel, D.N.I. N° 31.165.145, en subsidio del de reconsideración que oportunamente articulara contra la Resolución N° 888-MAYEPGC2015. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrán interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 5.666), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Macchiavelli - Miguel