Nación · Ley N° 22952

Ley 22952 - REHABILITACION DE LA PENSION GRACIABLE ACORDADA A VALERIA B. RODRIGUEZ GROVES POR LEY 20029 (BO 1973-01-11)

Estado no verificadoSanción: 14/10/1983Publicación B.O.: 19/10/1983Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos PENSIONES GRACIABLES LEY N° 22.952 Rehabilítase una pensión graciable. Buenos Aires, 17 de octubre de 1983. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° - Rehabilítase a partir de la fecha de promulgación de esta ley la pensión graciable acordada por Ley N° 20.029 a la señorita Valeria Beatriz Rodriguez Groves, D.NI. 20.404.965. ARTICULO 2° El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo al artículo 8° de la Ley N° 18.820. ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. BIGNONE Adolfo Navajas Artaza