Nación · Ley N° 2253

Ley 2253 - EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA LA ADMINISTRACION NACIONAL EN EL AÑO ECONOMICO DE 1888, QUEDA FIJADO EN LA SUMA DE ($ 51.891.255,60) CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS CON SESENTA CENTAVOS MONEDA NACIONAL..

Estado no verificadoSanción: 19/11/1887Publicación B.O.: 19/11/1887Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE LA REPUBLICA ARGENTINA LEY N° 2253 Buenos Aires, Diciembre 28 de 1887 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados dela Nacion Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de - LEY: Art. 1° El Presupuesto General de Gastos para la Administracion, en el año económico de 1888, queda fijado en la suma de doscientos cincuenta y cinco pesos con sesenta centavos moneda nacional, distribuidos en los Departamentos siguientes: Art. 2° Los gastos presupuestados en el artículo anterior serán cubiertos con los siguientes recursos: Art. 3° Las mercaderías y productos sujetos, segun la ley de Aduana de 1887, al pago de derechos de importacion, pagarán además un impuesto adicional de uno por ciento. Art. 4° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires á diez y nueve de Noviembre de mil ochocientos ochenta y siete. CÁRLOS PELLEGRINI. Benigno Ocampo, Secretario del Senado. ESTANISLAO S. ZEBALLOS Juan Ovando, Secretario de la C. de DD. POR TANTO: Téngase por ley de la Nacion, cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Registro Nacional. JUAREZ CLEMAN W. PACHECO. VER ANEXOS COMPLETOS