Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9621

Decreto-ley 9621/1980 - DONACION DEL BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES AL OBISPADO DE AZUL DE FRACCION DE TIERRA FISCAL UBICADA EN EL BARRIO DE "MARTIN GUEMES" JURISDICCION PARTIDO DE AZUL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/11/1980
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9621/1980 DECRETO-LEY 9621/80 La Plata, 30 de octubre de 1980. Visto lo actuado en el expediente 2.300-13.346/79 y el Decreto Nacional 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Autorízase al Banco de la Provincia de Buenos Aires, a donar al Obispado de Azul, dos (2) fracciones de tierra ubicadas en el Barrio "Martín Guemes", jurisdicción del partido de Azul, identificadas catastralmente como: Circunscripción I, Sección G, Manzana 37 aa, Parcelas 6 y 7, inscripto su dominio al Folio 419 del año 1964, del Registro del Partido de Azul, de propiedad del Banco de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la construcción de una capilla. ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.