Nación · Ley N° 1749

Ley 1749 - EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA LA ADMINISTRACION NACIONAL EN EL AÑO ECONOMICO DE 1886, QUEDA FIJADO EN LA SUMA DE CUARENTA MILLONES, SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 40.788.385 82 M/N.).

Estado no verificadoSanción: 03/11/1885Publicación B.O.: 03/11/1885Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE LA REPUBLICA ARGENTINA LEY N° 1749 Buenos Aires, Noviembre 3 de 1885 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de: LEY Art. 1° - El Presupuesto General de Gastos para la Administracion en el año económico de 1886, queda fijado en la suma de cuarenta millones, setecientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y cinco pesos ochenta y dos centavos ($ 40.788,385 82 m/n.), distribuidos en los Departamentos siguientes: Art. 2° - Los gastos presupuestados en el artículo anterior, serán cubiertos con los siguientes recursos: Art. 3° - Las mercaderías y productos sujetos, segun la Ley de Aduana de 1886, al pago de derechos de importacion, pagarán además un impuesto adicional de uno por ciento, (1 %). Art. 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. FRANCISCO B. MADERO Adolfo J. Labougle, Secretario del Senado. RAFAEL RUIZ DE LOS LLANOS. Juan Ovando, Secretario interino de la C. de Diputados. POR TANTO: Téngase por Ley de la Nacion Argentina, cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Registro Nacional. ROCA. W. PACHECO. VER ANEXOS COMPLETOS