Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 366
DESIGNA ABOGADOS - PLANTEL DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471 y 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 1.960/SHyF/05, 114/PG/23 y 219/MHFGC/23, el Expediente Electrónico N° 34273758- GCABA-DGTALPG/21, y CONSIDERANDO: Que en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se garantiza un régimen de empleo público en el que se reconocen y organizan las carreras por especialidad a las que se ingresa por concurso público abierto; Que, en igual sentido, el artículo 2° de la Ley N° 471 establece que las relaciones de empleo público comprendidas en esa ley, se rigen entre otros, por el principio de ingreso por concurso público abierto; Que, por su parte, el artículo 22 de la Ley N° 1.218 dispone que para ser miembro del plantel de abogados de la Procuración General se requiere ser abogado/a con cuatro (4) años de graduado, tener matrícula vigente para el ejercicio profesional y aprobar el concurso público de oposición y antecedentes; Que por Resolución Conjunta N° 1.960/SHyF/05 se aprobó el texto ordenado del escalafón del personal de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se prevé, en el artículo 21 de su Anexo, que las vacantes de dicho escalafón son cubiertas por concursos públicos abiertos o generales; Que, consecuentemente, por Resolución de Firma Conjunta N° 219/MHFGC/23, se aprobó el Reglamento del Concurso 2023 para la cobertura de vacantes del agrupamiento profesional (Plantel de Abogados del Escalafón Especial del personal) de la planta permanente de la Procuración General; Que el artículo 25 de la Ley N° 1.218 prevé que el Tribunal del Concurso estará conformado por un jurado de tres (3) miembros, quienes deben ser abogados/as profesores/as universitarios, titulares de cátedra de materias jurídicas, siendo uno de los cargos designado por el Procurador General y los dos restantes a propuesta del plantel de abogados de la Procuración General y del órgano que ejerza el control de la matricula profesional, respectivamente; Que, en ese orden, mediante Resolución N° 114/PG/23 el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, llamó a concurso público y abierto para el ingreso de hasta cuarenta y cinco (45) abogados al plantel de la Procuración General, en el agrupamiento profesional, tramo A, categoría 01, y designó a los miembros titulares y suplentes del Tribunal del Concurso; Que, concluidas las etapas del concurso, el Tribunal aprobó el Orden de Mérito Definitivo para el ingreso al plantel de abogados de la Procuración General y confeccionó la nómina que como Anexo I (IF-2023-41932873-GCABA-PG) forma parte integrante del presente acto; Que, oportunamente, ha tomado debida intervención la Dirección General Empleo Público, dependiente de la Procuración General; Que el artículo 24 de la Ley N° 1.218 estipula que el/la Jefe/a de Gobierno nombra a los miembros del plantel de abogados de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con el orden de mérito del último concurso realizado, resultando necesario el dictado del pertinente acto administrativo; Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 24 de la Ley N° 1.218, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar como abogados del plantel de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el agrupamiento profesional, tramo A, categoría 01 del "Escalafón del Personal de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires", aprobado por Resolución de Firma Conjunta N° 1.960/SHyF/05, a las personas que integran la nómina que se detalla en el Anexo I (IF-2023-41932873-GCABA-PG), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2°.- Los concursantes designados serán notificados fehacientemente, para que en el plazo de cinco (5) días hábiles desde la notificación se presenten a aceptar o rechazar el cargo. En caso de rechazo o de no presentarse en dicho plazo, la designación quedará sin efecto y la vacante se cubrirá con el siguiente postulante de la nómina detallada en el Anexo II (IF-2023-41932903-GCABA-PG), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 3°.- Facultar al titular de la Procuración General a cubrir las vacantes que pudieren producirse con motivo de la no aceptación del cargo, conforme lo establecido en el artículo 2° del presente. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Procuración General, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos ambas del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Procuración General para practicar las notificaciones establecidas en el artículo 2° del presente. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel