Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 399

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DEL DECRETO 399-19 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO EN SUBSIDIO, CONTRA LA RESOLUCIÓN 966-MJYSGC-17 DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU

Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/11/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Nota: Se advierte al usuario que el artículo 1 del Decreto 399-19 desestima el recurso jerárquico en subsidio, contra la Resolución 966-MJYSGC-17 de la cual no se han encontrado constancias de su publicación en el Boletín Oficial VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6017), las Resoluciones Nros. 966/MJYSGC/17 y 321/MJYSGC/18, los Expedientes Electrónicos Nros. 5937784-MGEYA-JPCDAD/17 y 5259728-MGEYA-DGTALMJYS/18, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración oportunamente interpuesto por el señor José Andrés Palacios (DNI N° 18.449.919) contra la Resolución N° 966/MJYSGC/17, que dispuso su retiro voluntario de la Policía de la Ciudad; Que por Resolución N° 321/MJYSGC/18 el señor Ministro de Justicia y Seguridad desestimó el recurso de reconsideración; Que el 5 de junio de 2018, se notificó dicha resolución al señor Palacios; Que con fecha 3 de julio de 2018, se le notificó al nombrado la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario dentro del plazo de cinco (5) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado y no habiendo el recurrente ampliado ni mejorado los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducida la argumentación plasmada en la Resolución N° 321/MJYSGC/18 que sirvió de base para desestimarlo; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de conformidad con la Ley N° 1.218; Que en mérito a las consideraciones vertidas, corresponde dictar el acto administrativo que desestima el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el señor José Andrés Palacios (DNI N° 18.449.919), contra la Resolución N° 966/MJYSGC/17. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado en los términos del Capítulo VI de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa y deja expedita la viabilidad del reclamo judicial, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad . Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel