Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14338
Ley 14338/2011 - PRORROGA POR EL TéRMINO DE CINCO AñOS LA VIGENCIA DE LA LEY 13663, A PARTIR DE SU VENCIMIENTO (REF: EXPROPIACION-JARDIN DE INFANTES 901 "MARTHA SALOTTI"-SALTO).
Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/01/2012
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Ley 14338 LEY 14338 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Prorrógase por el término de cinco (5) años la vigencia de la Ley 13663, a partir de su vencimiento. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil once. Horacio Ramiro González Federico Carlos Scarabino Presidente H. C. Diputados Vicepresidente 1º H. Senado en ejercicio de la Presidencia Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. Senado H. C. Diputados