Nación · Ley N° 25058
Ley 25058 - DECLARASE LUGAR HISTORICO NACIONAL, LA CASA NATAL DEL POETA HOMERO MANZI, SITA EN EL DEPARTAMENTO GENERAL TABOADA, DE LA PCIA. DE SANTIAGO DEL ESTERO.
Ley 25.058 del 29/12/98 MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS Ley 25.058 Declárase lugar histórico nacional, la casa natal del poeta Homero Manzi, sita en el Departamento General Taboada, de la provincia de Santiago del Estero. Sancionada: Noviembre 26 de 1998. Promulgada: Diciembre 29 de 1998. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Declárase lugar histórico nacional, la casa natal del poeta Homero MANZI, sita en lote 6°, de la 1° reserva de la estancia de Añatuya, Departamento General Taboada, de la provincia de Santiago del Estero, MFR 27-3193, con superficie de una hectárea. ARTICULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, convendrá con el respectivo organismo provincial los aspectos relativos a la conservación de la referida finca. ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. —REGISTRADA BAJO EL N° 25.058— ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Mario L. Pontaquarto.